El regulador señaló que el concesionario debió realizar la adecuada provisión de los materiales del sistema de postensado del puente.
En ese sentido, las características del tipo de anclaje, componente principal de dicho sistema, debieron preverse en la etapa de diseño y ser corroboradas por el concesionario durante la construcción, más aún porque se trata de un elemento crítico en la estructura del puente.Según el Ositran, el procedimiento sancionador a Coviperú determinará la gravedad de la infracción, y la sanción podría llegar a un tope de 420 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que equivalen a S/. 1’617,000.