¿Por qué es importante el estudio de los casos gramaticales?

Por Lasnuevemusas @semanario9musas

Los llamados casos gramaticales son un tema del que las últimas tendencias académicas parecerían haberse desentendido.

Traerlos de nuevo a consideración implica, entre otras cosas, proporcionarles a los usuarios del español la posibilidad de comprender más cabalmente los oficios y complementos del sustantivo en cualquier oración bien construida.

En este artículo explicaremos por qué es importante estudiar el asunto.

Con la palabra caso, la gramática tradicional alude a la expresión del oficio que desempeña en la el sustantivo, pero también a la manera en la que este se relaciona con otras palabras. No diremos, como Balmes, que es "la modificación que recibe el nombre"[2], en primer lugar, porque, en nuestro idioma, el nombre, es decir, el sustantivo, no recibe modificación casual (al menos, no con variación en la forma) y, en segundo lugar, porque no queremos que se piense que tratamos de limitar los casos al nominativo.

El vocablo caso proviene de su par latino casus, y este, a su vez, de un término griego que bien podría traducirse como 'caída'. El concepto aparece por primera vez en Aristóteles, el cual, no obstante, le daba una acepción más amplia, ya que incluía también las formas derivadas. Al parecer, los peripatéticos no consideraban al nominativo como un caso, sino más bien como una forma esencial de la palabra, de la cual el genitivo, el dativo y el acusativo eran simples derivaciones o "caídas". Pero no fueron estos sino los estoicos los que fijaron la denominación de los cinco casos que se conocían en Grecia: el nominativo, el genitivo, el acusativo, el dativo y el vocativo. Al primero lo llamaban caso recto; a los otros cuatro, casos oblicuos. Algunos siglos más tarde, los latinos añadieron a estos cinco el ablativo, estableciendo así el número de casos que heredó finalmente el español.

Se ha discutido durante bastante tiempo si los casos son o no una condición esencial de las lenguas. Por un lado, se dice que hay idiomas sin casos, pues se piensa al caso como producto de la declinación; por el otro, se dice que todas las lenguas tienen casos, pues se piensa que incluso las que no declinan pueden dar cuenta de estos a través de su sintaxis. El español, sin ir más lejos, solo posee una declinación orgánica (esto es, con variación en la forma) en el pronombre personal; fuera de este tipo específico de pronombre, la declinación del español es predominantemente sintáctica, puesto que el valor o función gramatical del sustantivo se determina, o bien por la posición que este adopta en medio de la frase, o bien por las conexiones que este establece con otras palabras mediante el uso de preposiciones.

En lo que respecta a la historia del español, podemos agregar que la existencia de los casos fue puesta en tela de juicio por gramáticos de la talla de El Brocense. Hoy en día, más allá de que la RAE haya dejado de usar esta nomenclatura como categoría de análisis, se los acepta por comodidad para distinguir los oficios que, fundamentalmente, el sustantivo y el pronombre ejercen en la oración gramatical.

Este breve texto no pretende otra cosa que dar cuenta de los posibles baches bibliográficos que pudo haber ocasionado el desinterés de la Academia por el tema, pero, también, introducir al lector en la materia, pues, en lo sucesivo, cada uno de los casos será explicado, por separado, en su correspondiente artículo. En cualquier caso (ya que de casos hablamos), es importante entender que el estudio de este interesantísimo fenómeno gramatical puede ser de mucha ayuda a la hora de analizar la sintaxis de los sintagmas nominales -también llamadas frases nominales - que, como sabemos, no solo se encuentran en el sujeto.

[1] Para la lingüística moderna, el caso gramatical es la marca morfosintáctica o preposicional que se le asigna a un elemento de la oración de acuerdo con el papel temático que desempeña en el predicado verbal. Así pues, en lugar de concebir la oración simple como una estructura dividida en sujeto y predicado, se la concibe como un predicado rodeado de argumentos. Este punto de vista ha sido desarrollado por la semántica generativa, especialmente, por la teoría de los casos de Charles Fillmore. El uso del término casos, aunque motivado por el fenómeno que estudiamos aquí, ha sido por demás desconcertante, ya que la noción de caso en Fillmore (Véase su artículo "Hacia una teoría moderna de los casos", en H. CONTRERAS (ed.). Los fundamentos de la gramática transformacional, México, Siglo XXI, 1971) sería más bien la de caso profundo y no la de aquellos que, como los latinos, requieren una expresión formal diferenciada. Para Fillmore, cada cláusula consta en su nivel más profundo de una serie de constituyentes en torno al predicado, es decir, en los argumentos en torno a un núcleo. Son esos constituyentes los que reciben el nombre de caso, y su número ha variado en los distintos momentos de la teoría.

[2] J. Balmes. Curso de filosofía elemental. Barcelona, E. Aguado, 1847.

[3] La Academia Española explicaba muy bien esto en su Gramática de 1931: "Exceptuando los pronombres, que tienen forma distinta según el oficio que desempeñan en la oración, los demás nombres se nos ofrecen en castellano con una misma forma, lo mismo cuando ejercen el oficio de sujeto que cuando desempeñan el de complemento. Si quiero expresar el afecto que siento por un amigo mío llamado Francisco, diré: yo estimo a Francisco; pero si quiero indicar que él es quien me tiene a mí ese afecto, no podré decir: Francisco estima a yo, sino Francisco estima a mí, o mejor -pues esta expresión no es correcta-, Francisco me estima. Aquí vemos que el pronombre yo ha cambiado en me al cambiar de oficio en la oración; y lo mismo que yo cambian también los pronombres y él. Así, decimos: tú estimas a Juan, y Juan te estima; él estima a Juan, y Juan le estima. Pero puedo decir: Francisco estima a Juan, y Juan estima a Francisco" (Real Academia Española. Gramática de la lengua española. Madrid, Espasa-Calpe, 1931).

[4] La última vez que la RAE recurrió a los casos para explicar el funcionamiento de algunos aspectos de nuestra sintaxis fue en su Gramática de 1931 y sus sucesivas reediciones. A partir de la publicación del Esbozo de una nueva gramática de la lengua española, en 1973, los casos dejaron de tener un lugar destacado en las gramáticas académicas.

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