El Gobierno ha tenido que tomar diferentes medidas ante la crisis social que se ha desatado a raíz de la pandemia por la que estamos atravesando. Se han creado algunos nuevos subsidios, algunos de carácter temporal y otros llegan para quedarse.
Durante los últimos meses hemos ido desarrollando las diferentes prestaciones y subsidios, aportando toda la información que ha ido surgiendo. La gestión de estas ayudas se está realizando principalmente desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Seguridad Social.
La situación personal de cada uno ha ido cambiando a medida que han pasado los meses, y, a estas alturas es probable que no sepamos muy bien qué prestaciones hay disponibles, así como cuál podría ser la adecuada para nosotros.
Por ello, vamos a enumerar las ayudas impulsadas durante este periodo de pandemia y sus principales características.
Un ERTE es un procedimiento administrativo por el que un empresario, ante fuerza mayor, puede suspender o reducir el contrato de trabajo de sus trabajadores de forma temporal.
A día de hoy, hay unas 499.000 personas que cobran esta prestación, la cual se gestiona a través de la propia empresa y el SEPE.
La persona que quede en ERTE cobrará un 70% de la base reguladora hasta que reanude su actividad laboral.
Los ERTE están activados hasta el 31 de enero del próximo año, aunque lo más probable es que prorrogue durante el año 2021.
El Gobierno también ha habilitado una prestación para cubrir a los trabajadores fijos discontinuos, que realizan trabajos fijos y periódicos que se repiten en fechas ciertas pero que este 2020 no han podido ejecutar por la suspensión de determinadas actividades por la pandemia.
Los trabajadores en esta situación podrán solicitar una prestación de desempleo correspondiente al periodo en el que no hayan podido trabajar, incluso aunque no tengan suficiente paro acumulado para ello. Esta medida está en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020.
Se trata de un subsidio que garantiza durante tres meses una prestación de 430 euros. Para personas trabajadoras que hayan prestado sus servicios temporalmente por cuenta ajena como personal técnico o auxiliar en el sector de la cultura para realización de una obra o espectáculo público.
El Gobierno tiene activas diversas medidas para este colectivo. Entre ellas, destacan la prestación por cese de actividad, y la ayuda por reducción de la misma. Que permite cobrar un mínimo de 661 euros si se acredita una caída de la facturación del 75%.
A principios del mes de junio, el Gobierno aprobó el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Con esta prestación se pretende combatir la pobreza severa existente.
No es solo un subsidio contra la situación que causa el Covid-19. Sino que es una medida estructural y que se mantendrá a largo plazo.
Dependiendo de las condiciones y miembros del hogar, los perceptores de esta prestación pueden cobrar desde 461 euros (el equivalente a una prestación no contributiva) hasta un máximo de 1.015 euros, unas cantidades que se incrementarán en 2021. Esta cuantía se mantendrá en el tiempo hasta que la persona beneficiaria cambie su situación económica.
Esta prestación se tramita a través de la Seguridad Social. La cual está sufriendo un fuerte colapso y una falta de recursos importante para afrontar la gestión de dicha ayuda.
Este subsidio se ha creado para aquellas personas que no tengan ingresos y no puedan acceder a otra prestación de las que están disponibles.
Destinado a parados de larga duración que han agotado su prestación de desempleo durante la fecha posterior al 14 de marzo de 2020 y anterior al 30 de junio de 2020 ambos incluidos y que, precisamente por haber tenido rentas en 2020, no pueden acceder al IMV.
La solicitud podrá presentarse del 6 al 30 de noviembre de 2020 inclusive.