La Ley de Autonomía del paciente de 2002 fijó la libre aceptación o no por parte del paciente de todas y cada una de las propuestas realizadas por el médico. De ahí que “sea tan importante que el enfermo esté informado en cada una de las exploraciones terapéuticas durante el transcurso de su enfermedad y dé su consentimiento por escrito”, explicó el Dr. Miquel Sánchez, presidente de la Sociedad Catalana de Medicina de Urgencias y Emergencias de la Academia de Ciencias Médicas y de la Salud de Cataluña y de Baleares.
La sesión “La Ley y las Urgencias: obligaciones y repercusiones legales”, reunió a 300 especialistas en jurisprudencia y medicina con el fin de tratar los protocolos a seguir en los servicios de urgencias y así conocer las repercusiones de orden jurídico. “Actualmente, no comporta problemas legales frecuentes, pero el médico tiene que tomar conciencia de la necesidad de seguir el protocolo y pedir el consentimiento del paciente por escrito, aunque muchas veces sea difícil dada la inmediatez que requiere la asistencia urgente”, continuó el Dr. Sánchez, que además señaló que “está claro que mientras siga existiendo una urgencia, y la vida del paciente corra peligro, probablemente los consentimientos tácitos se seguirán produciendo”. Aun así, los profesionales reunidos reconocieron que, en la medida de lo posible, este consentimiento de carácter tácito tiene que ir desapareciendo.