Psicología en el juicio oral

Por Lasnuevemusas @semanario9musas
"El inocente, bajo tensión emocional, en ocasiones miente debido a una búsqueda irracional de salida a la situación. Ante la confrontación y desorientación de hechos falsos con reales, el inculpado, aun siendo inocente pierde la noción de los hechos y los tergiversa; o miente creyendo que la mentira le va a salvar de la situación. La mentira en este caso actúa como una agravante sin que el acusado se percate del abismo en que está cayendo. Se producen casos en que bajo ese estado se confiesa un delito que no se ha cometido; lo que impone la necesidad de conocer si el acusado no está atravesando por un desajuste emocional transitorio."

Battistelli, L. La mentira ante los tribunales

El juicio oral constituye una confrontación entre la defensa del presunto culpable, y el representante de la ley, ejercido por la fiscalía.

Es una situación de interacción social entre juez, jurado, fiscal, defensa, testigos y acusado, la cual al margen de los aspectos legales constituye una lid psicológica.

Por consiguiente, se requiere conocer suficientemente la mente humana para llevar a cabo con eficacia y justicia el juicio oral y la investigación criminal.

En el transcurso de décadas la psicología ha ido adquiriendo un papel de mayor utilidad para la sociedad. Es la ciencia que estudia la psique, y por lo tanto al individuo y sus agrupaciones, llegando hasta el nivel de sociedad. Se hace muy necesaria en el campo de la investigación criminal y el proceso judicial por el hecho de que no siempre es lo que parece ser, las apariencias engañan, se puede tomar como esencial lo periférico, y se producen errores del pensamiento, memoria y percepción. A ello se le suma la posibilidad de actos deshonestos y corrompidos. En consecuencia, se producen crueles injusticias.

La psicología en el Juicio oral e investigación criminal gira en torno a:

  • Capacidad de presuntos culpables para ser juzgados y condenados
  • Control mental de sus protagonistas
  • Obtención de información y obtención de la verdad
  • Circunstancias conducentes al delito

La psique humana es un sistema, y por ende todo está entremezclado en su estructura y funcionamiento, incluyendo sus raíces, las cuales radican en el sistema neural del cerebro, y la fisiología corporal. Por lo tanto, para llegar a la verdad, todo acto judicial e investigativo debe conllevar principios del conocimiento científico; algunos de los cuales son:

  • Toda conclusión debe estar fundada en el razonamiento lógico, y tomando en cuenta todas las alternativas visibles.
  • La inferencia debe corresponder con la evidencia objetiva, excluyendo toda especulación, suposiciones, y conjeturas abstractas.
  • El conocimiento debe ser obtenido por medio de evaluación empírica y experimental, sobre la base de datos científicos, con el fin de esclarecer interrogantes del proceso judicial o en el investigativo.
  • Cada evento judicial o investigativo constituye un sistema particular, en el cual intervienen variables específicas. Por ello se requiere partir de concepciones generales, pero operar y reflexionar de modo concreto sobre los hechos; ninguno es igual a otro.
  • Los hechos y situaciones deben poderse reproducir en forma modelada en el laboratorio o a nivel de campo
  • Todo debe ser verificado. Si se parte de una hipótesis, esta debe continuar hasta su comprobación o refutación.
  • Sistemático. La información obtenida debe ser sistematizada, donde un eslabón conduzca al otro, y al final todo quede concatenado.
  • Saber separar lo definitorio de lo colateral.
No aceptar nada como cierto hasta que no esté como evidente

Renato Descartes.

Uno de los aspectos cruciales en el juicio oral y las investigaciones relacionadas, es evitar llegar a inferencias, decisiones o condenas erróneas. La indagación y obtención de la verdad en el proceso judicial, desde la investigación, preparación, y finalmente el juicio oral, no excluye las fuentes de error del pensamiento; entre estas se encuentran los sentimientos apasionados, deseos conscientes o inconscientes, conmociones emocionales, e incluso ligereza y superficialidad de pensamiento.

Al momento de estudiar personas, sea testigo, presunto culpable, informante, o cualquier otro, se requiere tener en cuenta que la percepción, pensamiento, y conducta siempre difiere con respecto a la realidad en mayor o menor medida, y este hecho atañe a jueces, fiscales acusadores, abogados defensores, e incluso al jurado; más aún, se requiere tener presente que los hechos y situaciones percibidas, e incluso razonadas, pueden ser irreales, distorsionadas.

En general se tiende a obviar, evadir, consciente o inconscientemente, lo discordante con las motivaciones, sentimientos y criterios. Incluso puede un objeto concreto o persona quedar borrada de la percepción; no se advirtió, o por mucho que se trate de recordar fue olvidado.

En principio, la información desagradable es rechazada, mientras se acepta la favorable, la aceptable. Es decir, se prioriza la congruente con motivaciones, sentimientos e ideas. Por ejemplo, estudios de Rehmert & Kisley (2013) evidencian que a medida que avanza la edad se tiende a evadir información desagradable, la atención se dirige más a lo aceptable, lo que no conlleva conflicto, y se buscan estilos pasivos para solucionar problemas. Es por ello más difícil pedir testimonio a un anciano que a un joven, se comporta en ocasiones más evasivo.

La tensión emocional puede favorecer o entorpecer, según sea el caso, las funciones del pensamiento y la memoria. Puede agilizarla y esclarecerlas, pero si la emoción llega a alcanzar nivel extremo, estresante, se produce todo lo contrario, el recuerdo se diluye, el razonamiento se interfiere, y se distorsiona la visión hasta percibir lo que no ocurrió, desaparecer lo que estuvo de frente, escuchar lo inexistente.

Si dicha tensión deviene en ansiedad, depresión, ira, terror, o fatiga, el efecto es aún peor. Puede llegarse a obnubilación de la consciencia, como puede le suceder a quien es víctima de una agresión con posibilidad de perder la vida, presencia un asesinato siendo sensible a esos hechos, sufre una desgarradora violación, o se recibe la noticia de la muerte de un hijo. El sufrimiento implica un estado donde siente que lo sucedido fue a otra persona, o queda como si viera "una película", como si eso no estuviera ocurriendo; generalmente tiempo después es que toma plena conciencia de los hechos. Por lo tanto, cualquier testimonio, e incluso confesión, se debe tomar con precaución.

Desde luego, ese hecho se basa en la Disociación psíquica, la cual se presenta en diversos cuadros de la mente humana. Es considerada separación "en partes" de sus funciones, sustentado por la sectorización de las redes neurales referidas a circunstancias específicas. Este concepto se inicia en la psiquiatría francesa del siglo XIX con las concepciones de Pierre Janet principalmente. Incluso antes, en el 1845, Moreau de Tours utilizó el término "disolución psicológica" (Bob, 2012). Esta disgregación de la psique ha permitido interpretar despersonalización, alucinaciones, distorsión perceptual, entre otros eventos mentales.

En ese estado se contemplan dos consciencias paralelas, evidenciándose en sonambulismo, crisis histérica de conversión, o hipnosis. No obstante, la disociación psíquica puede ser de índole patológica o no, y aunque existen múltiples formas, en todas se anula la unicidad de los circuitos neurales del cerebro; o sea, se desarticulan entre sí (Bob, 2012) ( Soffer-Dudek, 2014).

Entre otros mecanismos comunes se encuentra la racionalización, la cual consiste en la tendencia a justificar un hecho o conducta angustiante obviando el real significado del evento; puede ser injustificable pero el individuo intenta creerlo para lograr serenidad. Este mecanismo usualmente se ilustra en la vida práctica por medio de la fábula de la zorra y las uvas. Mientras este animal andaba por un camino, encontró un jugoso racimo de uvas, pero no estaban a su alcance. Al intentar infructuosamente obtenerlas se dijo: "¡Bah!, si están verdes". Asumió una explicación la cual mitigaba el efecto estresante del fracaso.

Como alivio a la angustia producida por haber cometido un error grave, los jueces, fiscales, defensores y jurados pueden reaccionar a través del mecanismo de racionalización. Justificarían el hecho con que actuaron según el protocolo, las reglas, no se percataron de algún detalle, están muy agotados y no prestaron atención, o cualquier otra explicación, aunque sea falsa. Pero de ninguna manera es permisible no reconocer que se cometió el error, porque con ello solo se logra repetirlo.