(Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas)
La presidenta del Colegio de Farmaceuticos de Puerto Rico, Julie Hurtado, informo hoy, lunes, que ya esta en vigor el nuevo reglamento que valida tanto las recetas emitidas electronicamente como las que son firmadas “de puño y letra” por el prescribiente.
El reglamento 142 promulgado por el Departamento de Salud entro en vigor el 8 de septiembre para regular las operaciones de los establecimientos dedicados a la manufactura, distribucion y dispensacion de medicamentos en virtud de la Ley de Farmacia de Puerto Rico.
La norma introduce nuevas disposiciones relacionadas con la prescripcion electronica y la administracion de vacunas por farmaceuticos autorizados por la Junta de Farmacia.
“El nuevo reglamento 142 (Ley de Farmacia 247 del 3 de septiembre de 2004), valida tanto la receta transmitida y generada electronicamente, asi como la que es firmada de puño y letra por el prescribiente. El paciente tiene el derecho de seleccionar libre y voluntariamente la farmacia donde sera transmitida la receta mediante el sistema que autoriza la firma electronica”, dijo Hurtado.
Añadio que esto garantiza “la seguridad del proceso de acuerdo a las leyes y reglamentos aplicables.
Segun el reglamento, se define receta o prescripcion como “la orden original escrita, expedida y firmada, o generada y transmitida electronicamente por el prescribiente en el curso normal y ejercicio legal de su profesion en Puerto Rico, para que un medicamento sea dispensado por un farmaceutico autorizado y registrado, en una farmacia autorizada, disponiendose, que en cuanto a las repeticiones de recetas aplicara 10 dispuesto en la Ley”, afirmo la presidenta.
“La receta electronica sera la orden original, por tanto no se requerira en papel. En cuanto al despacho de sustancias controladas, se seguira exigiendo la receta original al momento que el paciente recoja el medicamento prescrito”, indico.
Fuente: Primera Hora.