Qué es FOGASA y cómo solicitarlo en 2023

Por Pedirayudas @Pedirayudas

En este artículo vamos a ver que es FOGASA, cómo se financia, en qué supuestos paga y cómo solicitarlo en 2023.

¿Qué es FOGASA?

FOGASA, acrónimo de Fondo de Garantía Salarial, es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Su principal objeto es garantizar a los trabajadores el cobro de la indemnización por despido que pueda afectarles y la percepción de sus salarios en aquellos casos en los que la empresa obligada a su pago sea insolvente o se encuentre en situación de concurso de acreedores.

Así, cuando la empresa se encuentra en situación de insolvencia o concurso, el FOGASA actúa como mecanismo de garantía de los derechos económicos del trabajador.

En definitiva, la función del FOGASA es asegurarse de que el trabajador cobra salarios e indemnizaciones cuando la empresa no puede hacerse cargo de los mismos por hallarse en situación de insolvencia o concurso.

¿Cómo se financia?

El FOGASA se financia principalmente mediante aportaciones empresariales. Tales aportaciones se determinan según el tipo aplicable a la base de cotización de los trabajadores empleada para calcular la cotización por contingencias profesionales y desempleo.

Por último, como organismo público que es, puede recibir transferencias desde los Presupuestos Generales del Estado y financiarse de cualquier otro modo que permita el derecho financiero.

¿En qué supuestos paga el FOGASA?

El FOGASA abonará los salarios e indemnizaciones debidos a los trabajadores, en dos supuestos:

  1. Insolvencia de la empresa.
  2. Concurso de acreedores.

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¿Qué requisitos son necesarios para que el FOGASA abone los salarios o indemnizaciones por despido?

Para poder presentar la solicitud de cobertura ante el FOGASA es necesario que las cantidades reclamadas hayan sido reconocidas previamente en acto de conciliación o en sentencia judicial firme derivada de un procedimiento seguido ante el juzgado de lo Social. Igualmente debe quedar acreditada la insolvencia del empresario o su situación en un proceso de concurso de acreedores.

El FOGASA se reserva el derecho de repercutir y reclamar contra la empresa deudora por las cantidades abonadas a los trabajadores.

¿Qué salarios e indemnizaciones cubre el FOGASA?

El FOGASA será el encargado de pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones que le deba la empresa, cuando se declare insolvente o en concurso de acreedores.

Salarios

A efectos de pago por parte del FOGASA se considera salario:

  1. La remuneración económica que reciba el trabajador, tanto en dinero como en especie.
  2. La parte proporcional de las pagas extraordinarias.
  3. El salario de tramitación, en los casos que proceda.

Dichas cantidades deberán estar reconocidas como salario en un acto de conciliación o resolución judicial.

Indemnizaciones

Las indemnizaciones que garantiza el FOGASA son las que tenga derecho a recibir un trabajador por:

  1. Despido disciplinario cuando se declare improcedente o nulo.
  2. Despido colectivo y despido por causas objetivas.
  3. Extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador.
  4. Extinción del contrato de trabajo temporal o de duración determinada.
Indemnizaciones que quedan excluidas

Las indemnizaciones que quedan excluidas son:

  • Las indemnizaciones reconocidas en conciliación administrativa, salvo que deriven de un expediente de regulación de empleo (ERE).
  • Los pluses de distancia, transporte, vestuario, dietas.

¿Cuál es el plazo y cómo reclamar al FOGASA?

El trabajador dispone de un plazo de 1 año para reclamar desde que se firme el Acta de Conciliación o se dicte Resolución judicial.

Para reclamar ante el FOGASA el cobro de pagos pendientes por parte de la empresa, el procedimiento es el siguiente:

  1. Presentar una solicitud en la unidad administrativa del FOGASA de la provincia donde radique el centro de trabajo. A esta solicitud se deben adjuntar los documentos previstos en la ley.
  2. El FOGASA iniciará la instrucción de un expediente para comprobar las alegaciones y documentación adjunta.
  3. En el plazo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, el FOGASA resolverá estimando o desestimando lo solicitado. Si transcurren 3 meses y el FOGASA no resuelve el expediente, se entenderá aceptada por silencio administrativo.
  4. La resolución del FOGASA será notificada directamente a los interesados.
  5. Contra la resolución del FOGASA se podrá interponer demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de 2 meses, desde el siguiente a la notificación.
  6. Si el FOGASA estima la solicitud, ordenará el pago a la TGSS correspondiente y ésta hará transferencia bancaria a favor del trabajador solicitante.