Finalmente el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) – comunicó que la prohibición de reelección se aplica para los alcaldes que fueron elegidos en los comicios municipales de 2014 y en las Elecciones Municipales Complementarias de 2015.
La norma – según el máximo organismo electoral peruano, también alcanza a aquellos alcaldes elegidos en los citados procesos electorales que fueron vacados, revocados y suspendidos del cargo por inhabilitación judicial, mandato de detención o falta grave. En resumen el JNE – resume que los casos en los que se debe aplicar la prohibición de la reelección inmediata para los alcaldes y gobernadores que hayan presentado sus candidaturas para las elecciones regionales y municipales del 7 de octubre.