Requisitos y cuantías de la nueva prestación especial de artistas

Por Pedirayudas @Pedirayudas

El Consejo de Ministros aprobó, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social; el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y el Ministerio de Cultura y Deporte, la prestación especial por desempleo para las personas trabajadoras del sector cultural y artístico.

En este artículo vamos a ver cuáles son los requisitos para acceder a esta prestación, duración de la prestación y cuantías.

Requisitos para acceder a la prestación especial de artistas

Los requisitos son los siguientes:

  1. Acreditar estar en situación legal de desempleo y acreditar 60 días cotizados por prestación real de servicios en la actividad artística en los últimos 18 meses.
  2. Acreditar 180 días de alta en Seguridad Social por prestación real de servicios en la actividad artística o regularizaciones anuales ya efectuadas en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo siempre que no hayan sido tenidas en cuenta para el reconocimiento de una prestación previamente.
  3. No tener derecho a una prestación contributiva ordinaria.

Duración de la prestación

La duración de la prestación es de cuatro meses.

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Cuantía de la prestación especial de artistas

La cuantía es de hasta el 100% del IPREM para las cotizaciones que superen el umbral de 61 euros. Por debajo de ese nivel corresponderá una prestación del 80% del IPREM.

La prestación es compatible con la percepción de derechos de la propiedad intelectual y de imagen.

Bonificación a los autónomos de Ceuta y Melilla

El Real Decreto-ley recoge la bonificación del 50% de la cuota en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos para los trabajadores que residan y ejerzan su actividad en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, que supone mantener una disposición ya existente en el régimen previo a la reforma operada por el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.