Quien los entiende. Una serie de suspicacias esta generando en el sur chico del país, la suspicaz decisión de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) de emitir una Resolución que declara improcedente la transferencia definitiva de un predio de 282 has., a efectos que el municipio provincial destine los residuos sólidos de San Vicente y otros vitales proyectos para resguardar la salud pública de la población.
Si bien la comuna provincial ha cumplido con los requisitos para lograr la transferencia del terreno: Titularidad, (el predio debe estar inscrito a nombre de SBN), Libre disponibilidad, (el predio no está afecto a ningún ente público o privado), el solicitante es un ente público adscrito al sistema de bienes nacionales; resulta sorprendente que la SBN haya adoptado tal medida apelando a un problema limítrofe con Chincha, pues señala que el "predio" no se puede ubicar.
Sin embargo, este organismo público descentralizado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, no tuvo inconveniente alguno para identificar dicho terreno cuya inscripción logró tramitar en la Oficina de Registros Públicos de Cañete. Al menos así lo certifica la resolución N° 0838 – 2020/SBN-DGPE-SDAPE, que le otorga más de 77 mil metros cuadrados de terrenos eriazos ubicados frente a la playa El Turno, limite distrital con Grocio Prado en la desembocadura de la quebrada de Topará, entre los km 171 y 172 de la carretera Panamericana Sur, distrito de San Vicente, provincia de cañete, departamento Lima.