Subsidios del SEPE, plazos de solicitud y ¿cuánto tiempo tenemos que esperar para renovarlos?

Por Pedirayudas @Pedirayudas

Es posible que sintamos cierta confusión a la hora de tener en cuenta los plazos de solicitud de los distintos subsidios del SEPE, así como las renovaciones periódicas que corresponden a algunas de estas ayudas.

Cuando solicitamos un subsidio debemos tener en cuenta la posibilidad de renovación una vez agotado, para así no perder el derecho a percibirlos. Ya que dependiendo del subsidio, algunos establecen la posibilidad de renovarlos y otros no. Por lo que procedemos a explicarlos:

El subsidio por desempleo es aquel que en el caso de haber agotado su prestación contributiva y tiene responsabilidades familiares.

Requisitos:

  • Estar en desempleo.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación (fecha en que finaliza la prestación concedida, que siempre será anterior a la fecha del último cobro de la prestación), sin haber rechazado una oferta de colocación, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde el agotamiento de la prestación contributiva.
  • Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Tener cargas familiares.
  • Carecer de rentas de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.

Cuándo lo puedo solicitar:

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles a partir del cumplimiento del mes de espera. El mes de espera comienza a contar a partir del día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva.

Si se presenta la solicitud transcurrido el plazo citado, el derecho nacerá a partir del día siguiente al de la solicitud. Reduciéndose su duración en tantos días como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho, de haberse solicitado en tiempo y forma y aquella en que efectivamente se hubiera formulado la solicitud.

Cuándo hay que renovarlo:

El subsidio por desempleo se debe renovar cada 6 meses.

Si has trabajado menos de un año, puedes acceder a un subsidio por desempleo, pero hay que tener en cuenta que la duración depende del número de meses cotizados y de si tienes o no responsabilidades familiares.

  • Estar desempleado o desempleada y en situación legal de desempleo.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
  • Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si usted tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene, y no llegar a 360 días. En el caso de tener los 360 días cotizados, tendría derecho a la prestación contributiva.
  • No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Se tendrán en cuenta las rentas íntegras o brutas. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, es el resultado de la diferencia entre los ingresos y gastos que hayan sido necesarios para conseguir estos ingresos. Las ganancias patrimoniales son el resultado de la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

Duración

La duración depende del número de meses cotizados y de si tenemos o no responsabilidades familiares.

    Si tiene responsabilidades familiares:
  1. El subsidio durará 3, 4 o 5 meses, si ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
  2. El subsidio durará 21 meses, si ha cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, y se puede prorrogar por períodos de 6 meses hasta su duración final).
    Si no tiene responsabilidades familiares: el subsidio durará 6 meses, si ha cotizado 6 o más meses.

Cuándo lo puedo solicitar:

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles a partir del cumplimiento del mes de espera. El mes de espera comienza a contar a partir del día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva.

Si se presenta la solicitud transcurrido el plazo citado, el derecho nacerá a partir del día siguiente al de la solicitud. Reduciéndose su duración en tantos días como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho, de haberse solicitado en tiempo y forma y aquella en que efectivamente se hubiera formulado la solicitud.

Cuándo hay que renovarlo:

El subsidio por insuficiencia de cotización con cargas familiares se debe renovar cada 6 meses.

El plazo para poder solicitar este subsidio es de un mes si es por haber agotado una prestación contributiva, por haber sido liberado o liberada de prisión, por haber retornado del extranjero o por haber sido declarado o declarada plenamente capaz o incapaz permanente parcial) o la fecha de la situación legal de desempleo (si el acceso al subsidio para mayores de 52 años es por acreditar situación legal de desempleo y cotizaciones insuficientes para acceder a la prestación contributiva).

En este caso, para seguir percibiendo el subsidio de mayores de 52 años, debe presentar cada año una declaración de sus rentas acompañada de la documentación que las justifique, en su caso.

Si sus ingresos no han superado en ningún mes el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Podrá tramitar la declaración anual a través de Internet en la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), siempre que disponga de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.

Si no dispone de clave de acceso a Internet o sus rentas han superado en algún mes el citado importe, para presentar la declaración deberá acudir a su oficina de prestaciones, previa petición de cita en la Web del SEPE o por teléfono.

El plazo de presentación es de quince días hábiles a partir de la fecha indicada.

Renta Activa de Inserción (RAI)

Si se encuentra en paro y no tiene derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo. Puede solicitar la renta activa de inserción (RAI).

Se podrá solicitar una vez que se cumplan los requisitos de acceso, según el colectivo al que se pertenezca.

La RAI se concede durante 11 meses como máximo y se cobra con efectos del día siguiente a la solicitud. Esta ayuda se puede solicitar hasta un máximo de tres veces. Cada vez que se solicite habrá que cumplir todos los requisitos, como si fuera la primera vez que se solicita.

No se puede cobrar la RAI durante 3 años seguidos, si no que, debe quedar un año en blanco entre medias donde no se cobra esta ayuda.

Existen excepciones, y es que, en los casos específicos de violencia de género o discapacidad, los 33 meses se pueden cobrar de forma seguida, sin el año de espera.

Para poder solicitar este subsidio, tendrás que haber permanecido inscrito como demandante de empleo durante el mes de espera desde el agotamiento del subsidio anterior. Sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales. También acreditar que durante ese plazo se han realizado acciones de búsqueda activa de empleo.

En el supuesto del colectivo que ha agotado el subsidio por desempleo a partir del 05/07/2018. El plazo será de 15 días a partir de que se cumpla un mes de espera desde el agotamiento del subsidio anterior.

El derecho al subsidio extraordinario nace a partir del día siguiente a aquel en que se cumpla dicho plazo de espera. Si se presenta la solicitud transcurrido el plazo citado, el derecho nacerá a partir del día siguiente al de la solicitud, reduciéndose su duración en tantos días como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho, de haberse solicitado en tiempo y forma y aquella en que efectivamente se hubiera formulado la solicitud.

En el supuesto del colectivo de parados de larga duración inscrito el 01 de mayo de 2018 no hay plazo. La solicitud se podrá presentar a partir de haber acreditado que en el mes anterior a la solicitud se han realizado acciones de búsqueda activa de empleo.

Este subsidio solo podrá solicitarse una vez y su duración es de 6 meses.