Un Comité de Etica autorizará los proyectos de investigación sobre seres humanos en las Baleares
Por Fat
El Consejo de Gobierno Balear ha aprobado, a propuesta de la Consejería de Salud, el decreto por el cual se crea el Comité de Ética de la Investigación de las Islas Baleares, que habrá de autorizar cualquier proyecto de investigación sobre seres humanos o su material biológico. Este órgano sustituye al Comité Ético de Investigación Clínica, en funcionamiento desde el año 2000, y asume todas sus funciones, archivos y registro, con el objetivo de adaptarse a la normativa vigente, tanto estatal como europea. Este comité ha evaluado durante su trayectoria 108 ensayos clínicos, 60 proyectos de investigación y 43 estudios. El nuevo decreto, avalado por el Consejo Consultivo, amplía las funciones y responsabilidades que hasta ahora ha desarrollado este comité, con el fin de garantizar a los ciudadanos que participen en los procesos de investigación un marco común de respeto a los principios de seguridad, fiabilidad y confidencialidad, facilitando así la homogeneidad de sus evaluaciones y la unificación de criterios en la toma de decisiones. -Miembros y funciones del Comité El Comité Ético de Investigación estará integrado por un presidente, nombrado por el consejero de Salud, un vicepresidente y, como mínimo, 12 vocales, entre los que se encuentran cuatro médicos y dos farmacéuticos de Atención Primaria y hospitales, un profesional de enfermería, representantes de profesionales no sanitarios, un representante de la Universidad, un miembro de las comisiones de investigación de los centros del Servicio de Salud y otro de los comités de ética asistencial de los centros sanitarios de las Islas Baleares. El Comité tiene que ser acreditado por resolución del consejero de Salud cada cuatro años.Los integrantes del comité no pueden percibir ningún tipo de remuneración por parte de los promotores de los ensayos y han de efectuar una declaración de actividades e intereses, absteniéndose de participar en las deliberaciones y votaciones cuando tengan interés directo o indirecto en los temas a examinar. Sin embargo, tienen derecho a percibir las indemnizaciones contempladas en la Ley de finanzas y de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma. Las funciones del Comité de Ética de la Investigación son, entre otras, las de valorar los aspectos metodológicos, éticos y legales de la investigación propuesta y, también, el balance de riesgos y beneficios; evaluar la idoneidad del investigador principal y del equipo investigador, así como la viabilidad del proyecto; comprobar la fórmula de compensación y tratamiento que va a ofrecer a los participantes en la investigación en caso de lesión o muerte, así como la obligación de concertar un seguro; y conocer y evaluar el alcance de las compensaciones que se ofrecerán a los investigadores y a los sujetos de la investigación por su participación. **Publicado en ACTA SANITARIA