Una sentencia judicial reciente por daños provocados por la vacuna de la gripe A confirma la importancia de advertir las reacciones adversas de las vacunas (y de todos los medicamentos e intervenciones médicas). No es la primera vez que no se ofrece un consentimiento informado real y que ello conlleva graves secuelas.
Las vacunas son medicamentos y como tales pueden ofrecer reacciones adversas. Éstas suelen ser leves o moderadas en la gran mayoría de casos pero también las hay graves e incluso mortales.
Aunque la gripe sea una enfermedad por lo general leve, vacunar de la gripe exige informar de riesgos graves. Así lo ha sentenciado un juez que ha reconocido la relación de causalidad entre la inmunización y el Síndrome de Guillain-Barré, que se estabilizó como una paresia facial bilateral con incapacidad para ocluir los ojos, con insuficiencia respiratoria secundaria, úlcera corneal e infección urinaria, sufrido por el demandante.
El Tribunal Superior de Justicia ha condenado a la Administración castellana a pagar 70.000 euros a esta persona en concepto de indemnización por los daños recibidos. Por desgracia y como señala la noticia, es habitual no informar de los posibles efectos adversos de esa vacuna (y de todas). Los daños considerados raros o muy raros no suelen advertirse y sólo se mencionan las reacciones leves, como sucedió en este caso.
No debieron ni enseñarle el prospecto porque bien claro que lo pone en él:
Lea todo el prospecto detenidamente antes de que usted o su hijo reciba esta vacuna, porque contiene información importante para usted”.
Los daños padecidos por I. constan en ese documento. Todo esto choca con la obligación que tiene el personal sanitario de ofrecer al público un consentimiento informado completo que es importante que sea por escrito. Que algo suceda en pocas ocasiones no quiere decir que no suceda y el derecho a la información en materia de tratamientos sanitarios nos asiste.
Este asunto tardó mucho más en sentenciarse aunque la indemnización fue muy superior.
Y por desgracia tampoco es la primera vez que los servicios sanitarios de Castilla y León son condenados por no informar de manera correcta. A comienzo de 2012 se produjo una sentencia fundamentada en la falta de información a los padres sobre una complicación, la encefalopatía, en el suministro de la vacuna triple vírica, en la dosis contra el sarampión.
El riesgo, señaló en esta ocasión el juez, es tan “señaladamente grave, por más que se trate de un riesgo atípico por infrecuente”, que hay deber de informar, dice el fallo.
Creo que es importante el contexto en el que se producen estas noticias. Pese a que cualquier sanitario sabe que todo medicamento produce daños parece que los beneficios de las vacunas son tan valorados que se olvida que también tienen su contraparte y que hay que advertirla. Quizá por no dañar la imagen de los sistemas de vacunaciones se cae en la desinformación. Pero la desinformación conlleva desconfianza y esta puede dañar los sistemas de vacunaciones.
Y ya que tratamos del contexto, recordar que en 2010, cuando a I.A.N. le vacunaron de la gripe, estábamos atenazados por el miedo a una supuesta pandemia de gripe A que, por suerte, nunca llegó. Sí hubo un pelotazo económico basado en que dicho miedo empujó a muchas personas de todo el mundo a vacunarse con productos elaborados con prisas.
Se inmunizó a la población con vacunas de baja eficacia y cuestionada seguridad, como lo demuestra que otra vacuna de GlaxoSmithKline para la gripe, Pandemrix, causó narcolepsia en numerosas personas y el Reino Unido tuvo que indemnizar con 100 millones de libras por esos daños.