Revista Cultura y Ocio

Educación, derechos humanos y constitución

Por Rodrigojocilesferrer @jocilesferrer

Querido gobierno español, ya que en los diez años que llevo siendo padre, jamás me has ayudado en ello, ni cuando has sido "de izquierdas" ni tampoco cuando has sido "de derechas", antes bien me has puesto palos en la rueda enviándome al recaudador con aún más saña de la habitual y no reconociéndome algunos derechos porque por lo visto debo de ser demasiado "normal" para ti y lo de tener hijos es un vicio burgués, te ruego al menos que leas con atención los siguientes artículos, 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 27 de la Constitución Española, que tú proclamas defender, porque eres de derechas o porque eres de izquierdas, pero que estás obligado a cumplir en ambos casos o de lo contrario yo y muchos, sospecharemos que nos tenemos que defender de ti. Según de qué pierna cojees, te olvidas de unos u otros puntos pero jamás recuerdo que hayas cumplido ni la mitad. Atentamente, un anarquista cristiano al que no gustas nada pero no obstante, intenta serte leal y cooperar contigo.

Educación, derechos humanos y constitución Artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos

"1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos."

Educación, derechos humanos y constitución
Artículo 27 de la Constitución Española

1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.

5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.

6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.

7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.

8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.

9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.

10. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.


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