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Procedimiento de Exequátur. Reconocimiento de sentencias extranjeras en España

Por Sanchezbermejo @sanchezbermejo

El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en el país. Así, lo que se hace en este procedimiento es comprobar que la sentencia extranjera reúne los requisitos indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

El fin último del exequátur es tanto el reconocimiento como la ejecución en España de una sentencia dictada por los tribunales de un país extranjero.

Este procedimiento de exequatur está regulado por las normas de la Unión Europea y los tratados internacionales en los que España sea parte además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.

Concretamente, en lo relativo a la comunidad europea, entre países miembros, se aplican tanto el Reglamento 44/2001 del Consejo relativo a la competencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, como el Reglamento 2201/2003 del Consejo relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental.

Desde Sánchez Bermejo Abogados recomendamos encarecidamente que para cada caso concreto en el que se desee realizar un procedimiento de exequátur de sentencia extranjera en España se cuente con los servicios de un profesional experto en la materia. Nuestros abogados ofrecen este servicio aportando su gran experiencia y calidad técnica y humana.

Explicamos a continuación cómo funciona el procedimiento de exequátur en España.

Procedimiento de Exequátur

Qué es el procedimiento de exequátur

Procedimiento de Exequátur. Reconocimiento de sentencias extranjeras en España
Como ya hemos indicado, el exequátur es un procedimiento mediante el cual se pretende reconocer sentencias extranjeras en España para darles fuerza, ejecutividad y legalidad en el país.

Consiste en verificar que la sentencia dictada en país extranjero cumple una serie de requisitos establecidos en la ley española para que pueda ser homologada. En ningún caso la resolución extranjera podrá ser objeto de una revisión en cuanto al fondo del asunto. Es más, no podrá denegarse el reconocimiento por el hecho de que el órgano judicial extranjero haya aplicado un ordenamiento distinto al que habría correspondido según las reglas del Derecho Internacional privado español.

Es importante saber qué tipo de sentencias pueden ser reconocidas en España mediante exequátur, son las siguientes:

En cuanto a las medidas las medidas cautelares y provisionales, sólo podrán ser reconocidas cuando su denegación suponga una vulneración de la tutela judicial efectiva, y siempre que se hubieran adoptado previa audiencia de la parte contraria.

Quién puede realizar un procedimiento de exequátur

El procedimiento de exequátur podrá realizarlo cualquier persona que acredite un interés legítimo. Esta persona tendrá que estar representada y asistida por abogado y procurador. En Sánchez Bermejo Abogados ofrecemos este servicio a través de nuestros abogados expertos en Derecho Internacional. Consúltanos.

La demanda de exequátur tendrá que ir dirigida a los Juzgados de Primera Instancia del domicilio de la parte frente a la que se solicita el reconocimiento o ejecución, o de la persona a quien se refieren los efectos de la resolución judicial extranjera.

Subsidiariamente, la competencia territorial se podrá determinar por el lugar de ejecución o por el lugar en el que la resolución deba producir sus efectos, siendo competente, en último caso, el Juzgado de Primera Instancia ante el cual se interponga la demanda de exequátur.

Cómo realizar un exequátur (Procedimiento)

El proceso de exequátur, en el que como hemos dicho las partes deberán estar representadas por procurador y asistidas de letrado, se iniciará mediante demanda a instancia de cualquier persona que acredite un interés legítimo.

La demanda y documentos presentados serán examinados por el secretario judicial, que dictará decreto admitiendo la misma y dando traslado de ella a la parte demandada para que se oponga en el plazo de 30 días. El demandado podrá acompañar a su escrito de oposición los documentos, entre otros, que permitan impugnar la autenticidad de la resolución extranjera, la corrección del emplazamiento al demandado, la firmeza y fuerza ejecutiva de la resolución extranjera.

El secretario judicial, no obstante, en el caso de que apreciase la falta de subsanación de un defecto procesal o de una posible causa de inadmisión, con arreglo a las leyes procesales españolas, procederá a dar cuenta al órgano jurisdiccional para que resuelva en plazo de 10 días sobre la admisión en los casos en que estime falta de jurisdicción o de competencia o cuando la demanda adoleciese de defectos formales o la documentación fuese incompleta y no se hubiesen subsanado por el actor en el plazo de 5 días concedido para ello por el secretario judicial.

Formalizada la oposición o transcurrido el plazo para ello sin que la misma se haya formalizado, el órgano jurisdiccional resolverá por medio de auto lo que proceda en el plazo de 10 días.

Por último destacar que el Ministerio Fiscal intervendrá siempre en estos procesos, a cuyo efecto se le dará traslado de todas las actuaciones.

Documentos a presentar junto a la demanda de exequátur

A la demanda de exequátur le deberán acompañar los siguientes documentos:

  • Copia auténtica de la Sentencia legalizada o con la apostilla de La Haya.

  • Certificado del testimonio de que la Sentencia es firme.

  • Certificado de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso de que ha sido dictada en rebeldía.

  • Traducción jurada de la Sentencia si está en un idioma diferente al español.

  • Fotocopia del DNI/NIE.

  • Poder general para pleitos.

  • Si se trata de un procedimiento de exequatur por sentencia de divorcio, hará falta también certificado literal de matrimonio, certificado literal de nacimiento de hijos si los hubiera, y convenio regulador si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo.

Causas de denegación del exequátur

Indica la ley que las resoluciones judiciales extranjeras firmes no se reconocerán:

  • Cuando fueran contrarias al orden público.

  • Cuando la resolución se hubiera dictado con manifiesta infracción de los derechos de defensa de cualquiera de las partes. Por ejemplo, si la resolución se dictó en rebeldía, que no se entregase al demandado cédula de emplazamiento o documento equivalente de forma regular y con tiempo suficiente para que pudiera defenderse.

  • Cuando la resolución extranjera se pronuncie sobre una materia respecto a la cual fueren exclusivamente competentes los órganos jurisdiccionales españoles o, respecto a las demás materias, si la competencia del juez de origen no obedeciere a una conexión razonable.

  • Cuando la resolución fuera inconciliable con una resolución dictada en España.

  • Cuando la resolución fuera inconciliable con una resolución dictada con anterioridad en otro Estado, cuando esta última resolución reuniera las condiciones necesarias para su reconocimiento en España.

  • Cuando exista un litigio pendiente en España entre las mismas partes y con el mismo objeto, iniciado con anterioridad al proceso en el extranjero.

Recursos ante el exequátur

Contra el auto de exequátur cabe interponer recurso de apelación.

Si el auto recurrido fuera estimatorio, el órgano jurisdiccional podrá suspender la ejecución o sujetar dicha ejecución a la prestación de la oportuna caución.

Por último, contra la resolución dictada por la Audiencia Provincial en segunda instancia resolviendo la apelación, la parte legitimada podrá interponer el recurso extraordinario por infracción procesal o el recurso de casación si cumple con los requisitos legales para ello.

Casos frecuentes de exequátur

A nuestro despacho nos han llegado y nos llegan distintos casos de exequátur, para un mejor conocimiento de para qué sirve este procedimiento, numeramos cuáles son los casos más frecuentes con los que nos solemos encontrar:

  • Exequátur de divorcio internacional. Se trata de reconocer sentencias de divorcio de países extranjeros en España para que también conste aquí el divorcio celebrado en otro país. Lo explicamos con más detalle en este artículo de nuestro blog.
  • Exequátur de pensión de alimentos. Puede darse el caso de que una sentencia extranjera que obligue al pago de alimentos a una persona, se quiera hacer ejecutar en España. Esto es posible también gracias al exequátur.
  • Exequátur para ejecutar condena a un pago. Si una sentencia extranjera condena a una persona al pago de una cantidad de dinero y el demandado se encuentra en España, el exequátur también servirá para lograr la satisfacción de dicho pago.

Son muchos los casos que se pueden dar en los que es factible realizar un exequátur, si quieres conocer cómo funcionaría algún caso en concreto, pregúntanos.

Sánchez Bermejo Abogados

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