La imputación de la Infanta Cristina por delito fiscal y blanqueo de capitales provoca dos sensaciones simultáneas: por una parte, parece que «la justicia es igual para todos». Pero por otro lado, muchos ciudadanos se preguntan si todo esto no quedará en nada, o si finalmente las únicas consecuencias que tendrá esta imputación las sufrirá el propio juez instructor del caso, como ha sucedido en otras ocasiones.
La Constitución española, ley de leyes en nuestro país, proclama que «los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico» (artículo 9) y que «los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social» (artículo 14). Sin embargo, la ciudadanía percibe que en determinados casos, la actuación de la justicia es menos contundente, cuando no permisiva, con determinadas actuaciones.
¿Funciona la justicia en España?
La Justicia es uno de los tres poderes del Estado, según la separación que ya hiciera Montesquieu en el siglo XVIII, junto con el ejecutivo (que corresponde al Gobierno) y el legislativo (que recae sobre las Cortes). La administración de justicia en España es un sistema (teóricamente) independiente, que está estructurada, dependiendo del asunto a tratar, en distintos juzgados y tribunales. Así, hay juzgados de Paz, de lo Civil, de lo Mercantil, de lo Contencioso-administrativo, de lo Social, de lo Penal… Y por otra parte, hay Audiencias o Tribunales (compuestos por más de un juez o magistrado), entre los cuales están las Audiencias Provinciales, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia de cada Comunidad Autónoma, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional.
Toda esta variedad de juzgados, diseminados por todo el territorio, lleva a que haya entre 4.000 y 5.000 jueces en nuestro país, que se ocupan anualmente de nueve millones de asuntos (más de 1.700 por juez). A la vista de estos datos, la justicia parece funcionar en nuestro país, aunque la lentitud con la que avanza en algunos casos, de todos conocidos, hacen pensar que no es todo lo diligente que debiera ser (posteriormente, analizaremos las causas).
Por otra parte, está la cuestión de la equidad. En primer lugar, hay que subrayar que los jueces se dedican a administrar justicia en función de las leyes que están en vigor, las cuales están elaboradas por el poder legislativo. Por ello, aunque en algunas ocasiones se les echa en cara la injusticia de algunas sentencias, ello no implica que no se ciñan a la ley (y que sea ésta la que deba ser modificada). Sin embargo, también es cierto que la ley admite interpretaciones, y que en muchos casos una aplicación estricta de la letra de la ley (en lugar de apelar al espíritu de la misma) va en contra de la equidad de las sentencias.
En los últimos años, los jueces salen habitualmente en los medios de comunicación, en ocasiones por la mayor implicación en la búsqueda de la equidad, como cuando emprendieron actuaciones conjuntas contra los desahucios. Pero también existe un grupo de «jueces estrella», que se han hecho famosos por la relevancia de sus actuaciones, no exentas de polémica. Entre otros, podemos citar a Baltasar Garzón, Javier Gómez Bermúdez, Pablo Ruz, José Castro o Mercedes Alaya. En algunos casos, la actuación del instructor le ha ocasionado fuertes críticas por parte de algunos políticos o de determinados sectores económicos afectados por sus actuaciones. La presión de determinados sectores ha llegado hasta el punto de que Baltasar Garzón (que entre otras actuaciones, inició el caso Gürtel) fue condenado a once años de inhabilitación por prevaricación, y recientemente el Consejo General del Poder Judicial ha suspendido a Elpidio Silva por «desatención continuada» (este juez instruía una causa contra Miguel Blesa, presidente de Caja Madrid).
Más allá de los errores que hayan podido cometer estos magistrados en el desempeño de sus funciones, casi nadie duda de que la actuación contra estos jueces tiene un componente político.
5 cambios que deberían hacerse en la justicia española
Resulta complejo enumerar todos los cambios que deberían hacerse en este apartado. No obstante, podemos apuntar cinco parcelas que deberían ser remodeladas o, cuando menos, matizadas:
Independencia: aunque formalmente se proclama la independencia del poder judicial, no cabe duda que, en la práctica, ésta dista mucho de ser real. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) es el órgano de gobierno del Poder Judicial en España. Sus miembros son elegidos por las Cortes Generales (Congreso y Senado), lo cual produce una tendencia hacia uno u otro lado político, según la composición del Parlamento. A partir del CGPJ se nombra al Tribunal Supremo, de manera que también este ente está, en cierta manera, politizado. Respecto al Tribunal Constitucional, cuatro de sus miembros lo son a propuesta del Congreso, cuatro a propuesta del Senado, dos son determinados por el Gobierno y otros dos por el CGPJ, con lo que, nuevamente, queda patente la influencia de la política en su composición.
En cuanto al Fiscal General del Estado, que ostenta la jefatura de este ámbito en España, es propuesto por el Gobierno, emitiendo su opinión tanto el CGPJ como el Congreso. Así pues, aunque también debe ser imparcial e independiente, es un cargo con un sesgo político. Por eso, en asuntos como el caso Blesa, la acusación popular ha denunciado que el fiscal actúa como si fuese un abogado defensor, o en el caso de la Infanta Cristina, el fiscal Pedro Horrach cuestiona al juez Castro, e insiste en la «inexistencia de indicios de los que pudiera derivarse la imputación».
Relacionadas con esta falta de independencia están las escasas condenas por corrupción. España es el segundo país donde más ha aumentado la percepción de corrupción. Hay cientos de causas en marcha contra cargos públicos. Decenas de políticos imputados se han presentado a diversas elecciones. Además, hay muchas actuaciones irregulares que no llegan a investigarse o que han prescrito. Pero en cualquier caso, a pesar de la gran cantidad de casos que hay, son muy pocas las condenas por corrupción, y normalmente son bastante reducidas y a cargos menores (la falta de independencia citada anteriormente tiene mucho que ver en esto).
Prescripción: contrariamente a lo que se suele pensar, la prescripción de los delitos no es un invento de los poderosos para librarse de las condenas, sino que responde al principio de seguridad jurídica, y está relacionado con el respeto de los derechos y libertades públicas. El sentido de la prescripción es que alguien no pueda ser condenado por unos hechos ocurridos hace muchos años (y de los cuales, posiblemente, no podrá defenderse, o quizás ni siquiera recuerde). También vale la pena recordar que no todos los delitos prescriben en el mismo plazo; hay algunos que no lo hacen (terrorismo, genocidio…), y después, dependiendo de la gravedad del delito, la prescripción está entre los cinco y los veinte años. En cualquier caso, es significativo que muchos delitos relacionados con los políticos no puedan ser investigados porque han prescrito (¿por qué las cuentas de los partidos no son auditadas anualmente por una auditora externa y por Hacienda? ¿Por qué el Tribunal de Cuentas lleva cinco años de retraso en las auditorías?)
Indultos: La ley de indulto, de 1870, está reflejada en el artículo 62 de la Constitución, que habla del ejercicio del «derecho de gracia». La concesión de indultos supone cierta quiebra del principio de independencia de poderes, ya que los condenados por el poder judicial pueden ser indultados por el Gobierno. Los indultos pueden tener sentido en determinados casos, por razones similares a las de la prescripción. Hay situaciones en las que, si bien la ley obliga a condenar a alguien por lo que ha hecho en el pasado, el sentido común nos indica que no habría que hacerlo. Por ejemplo, el caso de un extoxicómano que ahora está totalmente rehabilitado. Sin embargo, en muchos casos el indulto se ha convertido en una manera de modificar las sentencias judiciales, indultando a políticos afines o a personas relevantes en el ámbito económico.
Medios: Uno de los problemas fundamentales que presenta la justicia en nuestro país es la falta de medios. España cuenta con pocos jueces, aproximadamente 10 por cada 100.000 habitantes, cifra que es aproximadamente la mitad de la media europea. Sin embargo, el dinero destinado a la administración de justicia en nuestro país es bastante elevado, ya que la retribución de los jueces en España es superior a la media europea. Otro problema que ha afectado tradicionalmente a nuestros juzgados, aunque está solucionándose, es el de la informatización de la justicia. La falta de conexión entre distintos juzgados ocasiona clamorosos errores, como el caso Mari Luz, en 2008.
La lentitud de la justicia española, donde casos como la Operación Malaya, Gürtel o las distintas imputaciones a Carlos Fabra se dilatan durante muchos años contrasta, por ejemplo, con la rapidez del caso Madoff en Estados Unidos: en diciembre de 2008 fue detenido y en junio de 2009 fue sentenciado a 150 años de prisión.
Acceso a la justicia: El derecho a la justicia está recogido en la Constitución, que incluso recoge, en su artículo 119, que «será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar».
Sin embargo, la Ley de Tasas Judiciales, de noviembre de 2012, provoca la indefensión de los ciudadanos ante algunas situaciones. No porque no se pueda acceder a la justicia, sino por que sale más caro que lo que se pretende recuperar. Por ejemplo, si a alguien le ponen una multa de 100 euros, la demanda contencioso-administrativa le costará 200. Esta ley pretendía teóricamente reducir el colapso de los juzgados (además de recaudar), pero en lugar de acometerlo yendo a las causas del mismo, se ha pretendido hacerlo reduciendo las posibilidades de que los ciudadanos acudan a la justicia.
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Pablo Rodríguez es economista.
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