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5 cuestiones fiscales que debes conocer si eres o vas a ser Fotógrafo Autónomo en España

Por Softwarefotografos
 
Convertirse en autónomo es un paso habitual para muchos fotógrafos profesionales que deciden emprender una carrera profesional por su cuenta. Y lo hacen sabiendo que no será un camino fácil, que habrá que realizar muchos sacrificios y que en ocasiones será mucho más duro de lo que habían imaginado.
Pero todo gran esfuerzo tiene más tarde o más temprano su recompensa y si, antes de comenzar esta nueva aventura profesional, tienes presentes algunas cuestiones fiscales que te afectarán como futuro autónomo, seguro que el camino te resulta mucho más sencillo. ¡Toma nota!

1. Alta en Hacienda: la documentación necesaria
El documento más importante que cualquier persona que desee darse de alta como autónomo debe presentar es el modelo 036, o el 037 (una versión ampliada del primero), que deberás utilizar si vas a constituir una pyme. Pero si solo te vas a inscribir como persona física, con la versión simplificada bastará, y en ella tendrás que incluir todos los detalles importantes relacionados con la actividad profesional que vas a ofrecer al mercado.
Además, necesitarás facilitar una copia de tu DNI, tu número de afiliación a la Seguridad Social y un número de cuenta bancaria, en la que domiciliar los pagos de la tasa de autónomos.

2. Escoge el epígrafe adecuado del IAE
El siguiente paso será seleccionar el epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) más adecuado en función de tu actividad profesional. Lo más frecuente es que un fotógrafo profesional se inscriba en el epígrafe 973.1 (Servicios Fotográficos), pero siempre puede haber excepciones o actividades más específicas y complejas.


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3. La declaración trimestral del IVA
Se trata del momento más engorroso para muchos autónomos, el momento de presentar la declaración trimestral del IVA. Consiste en rellenar el modelo 303 con la relación del IVA soportado y el repercutido durante los últimos tres meses, es decir el IVA que has abonado al comprar bienes o servicios para desarrollar tu actividad y el IVA que te han abonado tus clientes al pagarte por tus servicios.
Si tienes la suerte de contar con un gestor que te ayude con estas cuestiones, lo único que tendrás que hacer es ir registrando cada una de estas transacciones en un documento, que luego le remitirás para que se encargue de presentar el modelo correspondiente.

4. La declaración anual del IRPF
La segunda parte del pago de tus impuestos como autónomo se materializa en la declaración anual del IRPF, en la que se detalla la relación entre tus gastos (relacionados con tu actividad profesional) y los ingresos que has obtenido por prestar tus servicios a tus clientes. Es muy importante que este desglose sea correcto, porque de ello dependerá que tengas que pagar a Hacienda o que sea Hacienda la que deba compensarte por haber pagado de más.

5. ¿Qué te puedes deducir como fotógrafo autónomo?
Existen gastos que, como autónomo, puedes deducirte, es decir, cuyo importe o parte de su importe te puedes ahorrar por considerarse que son gastos inherentes a tu profesión y necesarios para poder ofrecer tus servicios de forma adecuada. Algunos de estos gastos, los más frecuentes y habituales en el caso de un fotógrafo profesional, son los siguientes:

  • Compra de materiales: la propia cámara de fotos, los objetivos, el trípode… Incluso un ordenador portátil o un teléfono móvil son considerados material indispensable para cualquier fotógrafo.
  • Reparaciones básicas: arreglar el material que se avería también se considera un gasto necesario, por lo que no debes olvidar conservar las facturas de esas reparaciones.
  • Servicios profesionales: si has contratado a profesional que te ayude en algún aspecto de tu negocio, como puede ser un asesor o un contable, también podrás deducirte su coste.

 
 

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