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720 euros multa al victoria y tijarafe seguirá subiendo?
Publicado el 04 agosto 2011 por Luchacanaria @luchacanariaEnreunión celebrada por el COMITÉ DE COMPETICIÓN DE LA FEDERACIÓN INSULARDE LUCHA CANARIA DE TENERIFE, el día 03 de Agosto de 2011, y en relación a lossiguientes encuentros, los miembros de este Comité tomaron los siguientesacuerdos:
ENCUENTRO FINAL DE1ª CATEGORIA DE JUVENILES Y SENIOR, ENTRE LOS EQUIPOS C.L. VICTORIA – C.L.TIJARAFE, (20-05-11), DE COPA TROFEO CIUDAD DE LA LAGUNA.
Hechos
1. En acuerdo, de15 de Junio de 2011, del Comité de Competición de la Federación Insularde Lucha Canaria de Tenerife, se sanciona al C.L. Tijarafe – Guanche y al C.L.Victoria, con multa de 600 Euros, a cada uno.2. El día 15 de Juliode 2011 se cumplen 30 días de la imposición de la sanción y ninguno de los dosclubes ha abanado, en dicho periodo, la cantidad que le corresponde. Por lo quesegún el Artículo 21. 3 del Reglamento Disciplinario aumenta dicha cantidad enun 20 %, haciendo un total a pagar de SETESIENTOS VEINTE EUROS (720€), porequipo.3. En acuerdo deeste Comité de Competición, del día 19 de Julio de 2011, se le concede elpreceptivo trámite de audiencia, para el día 26 de Julio de 2011, al presidentedel C.L. Victoria D. Alfredo Rodríguez Estévez, y al presidente del C.L.Tijarafe – Guanche, D. Aurelio Fernández Gutiérrez. Pero, ninguno acude a lacita ni presenta por escrito las alegaciones pertinentes.
Fundamentosde Derecho:
Ø ARTÍCULO 21: La multa.-
3. Las sancioneseconómicas se abonarán obligatoriamente a la FEDERACIÓN DE LUCHACANARIA o a las Federaciones Insulares, según corresponda, dentro de lostreinta días naturales siguientes al de la fecha de notificación del fallo,pasados los cuales se incurrirá en un recargo del 20%.
Ø ARTÍCULO 22: Impago desanciones pecuniarias.-El impago de lassanciones pecuniarias tendrá la consideración de quebrantamiento de sanción.
Acuerdos:
1. Sancionaral C.L. Victoria y al C.L. Tijarafe – Guanche, con multa de SETECIENTOS VEINTEEUROS (720€), a cada uno. Según Artículo 21.3 del Reglamento Disciplinario.Cantidad que deberán abonar en el plazo máximo de 30 días naturales.
LA LAGUNA, A 03 DE AGOSTO DE 2011.
ELSECRETARIO
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