Revista Opinión

Aborto no punible: una decisión polémica que busca preservar la vida de la mujer

Publicado el 30 agosto 2010 por Marpa411

El proyecto, es producto de un proceso de debate legislativo que se inició en el año 2008, y luego perdió estado parlamentario, y que ahora volvió a tratarse.

Por Marina Pagnutti

Aborto no punible: una decisión polémica que busca preservar la vida de la mujer

El objetivo de la iniciativa es dar seguridad a los profesionales de la salud que intervienen en casos donde la vida de mujeres, adolescentes y niñas corre riesgo en situaciones de aborto no punible o cuya integridad ha sido vulnerada por un delito.
La Comisión de Salud de la legislatura porteña firmó en estos días el despacho del proyecto de aborto no punible en la Ciudad, con la firma de los diputados Diana Maffía y Fernando Sánchez, (Coalición Cívica); Gabriela Alegre, (Encuentro Popular para la Victoria), Mateo Romeo, (Partido Justicialista) y Jorge Selser (Proyecto Sur)
Ahora, deberá ser evaluado por las Comisiones de Justicia y Mujer, antes de pasar al recinto para su sanción definitiva.
Si puede lograr consenso en toda la Legislatura, la iniciativa establecería procedimientos en los cuatro casos que el Código Penal señala como abortos legales y regularía los mecanismos por los cuales los objetores de conciencia deberían comunicar su situación y ser sustituidos para esta práctica, por lo que siempre tendría que garantizarse el derecho al aborto legal.

Algunos datos

* En el 2005 había 70 organizaciones que realizaban campañas para despenalizar el aborto, fomentar programas de educación sexual y reproductiva. Hoy hay más de 280 en todo el país.
* El 30% de la mortandad materna se debe a la práctica de abortos inseguros.
* Un promedio de 120 mujeres muere al año por estas consecuencias.
* Las ONG’s y diputados buscan legalizar el aborto para evitar más muertes y establecer fechas para hacerlo viable. Es decir hasta 12 semanas lo puede solicitar la mujer. Buscan eliminar los artículos que la criminalizan.
* El Art. 86 inciso 1 y 2 del Código Penal es el que está en cuestión. Focaliza la prestación de los centros de salud en el Pre y Post intervención. Cuando corre peligro la salud de la mujer y en casos de violación.
* En legislación vigente, el aborto no es punible cuando: corre peligro la vida de la mujer, en casos de peligro para la salud de la mujer, cuando el embarazo sea producto de una violación; cuando el embarazo sea producto del atentado al pudor sobre mujer idiota o demente. En este caso el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.
* No hay que olvidar que en el circuito clandestino se estiman que se realizan unos 700 mil abortos por año.
* El proyecto apunta también a descriminalizar a la mujer.

Entrevistada para Espacio Thot y AM750, Estela Díaz, titular de ADEM (Asociación por los Derechos de las Mujeres), e integrante de la Campaña por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito; explica como se desarrolla la problemática en el país, más el registro de muertes que deja el circuito clandestino de abortos.

Escuchar entrevista, Estela Díaz, titular de ADEM

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