Revista España

Absuelto de abusar de sus dos sobrinos por las contradicciones de los menores

Por Mqi Montequinto Informa @MontequintoInfo

 La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un hombre, para quien el fiscal pidió 20 años de cárcel, por falta de pruebas de que abusara sexualmente de sus dos sobrinos menores de edad ya que los niños incurrieron en “profundas contradicciones”.
Una sentencia de la Sección Primera de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, afirma que los menores cometieron “profundas contradicciones en sus declaraciones, tanto respecto a los abusos que sufrieron como en cuanto al lugar donde acontecieron”.
El acusado J.M.R. se ha visto libre así de los 20 años de cárcel y 30.000 euros de indemnización que pidió el fiscal para él, a lo que la acusación particular que ejerció la madre de los menores añadió una indemnización de 50.000 euros.
Los hechos se desencadenaron por una denuncia de la madre de los niños, presentada el 11 de diciembre de 2008, según la cual sus hijos le habían relatado que su tío había abusado de ellos en la casa que los abuelos paternos poseían en Utrera (Sevilla), algo que el acusado negó en todo momento.
Según los jueces, uno de los niños relató en su primera declaración que su tío “le pegaba tortas” para conseguir sus propósitos, pero en el juicio no manifestó que le pegara.
Además, el menor de los hermanos declaró que los abusos tuvieron lugar en una tienda de campaña instalada en el jardín, mientras que el mayor había asegurado que se produjeron en el dormitorio del acusado.
A ello se añade que la médico forense declaró haber recibido de la madre de los niños un informe de alta del hospital de Valme de Sevilla en el que se hacía constar la ausencia de lesiones, alteraciones o signos de maltrato, mientras que la dilatación del orificio anal se debía a “razones fisiológicas” y no a abusos sexuales.
En atención al contenido de dicho informe, la forense decidió no hacer una nueva exploración física al menor por entender “con razonable criterio” que habían pasado seis meses, que el mencionado examen no era necesario para esclarecer los hechos y que “podía victimizar aún más al menor”, según la sentencia.
La absolución se basa en las contradicciones de los menores, que se “agudizan en atención a los informes médicos citados”, en los que “extraña sobremanera” la ausencia de signos físicos de abuso en el mayor de los hermanos, que relató penetraciones en todas sus declaraciones.


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