Revista España

Absuelto un padre para quien pidieron 15 años por violar a su hijo

Por Mqi Montequinto Informa @MontequintoInfo

La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un padre, para quien pidieron 15 años de cárcel y 600.000 euros de indemnización por un supuesto delito de agresión sexual contra su hijo de siete años los fines de semana que pasaba con él tras la separación matrimonial.
La Sección Tercera de la Audiencia únicamente considera demostrado que el acusado J.V.R. se duchaba con su hijo, le enjabonaba la zona genital y en ocasiones desplazaba el prepucio del pene al menor para evitar una futura operación de fimosis, pero todo ello “sin ánimo libidinoso”.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se basa en las “claras, constantes e importantes contradicciones” en que incurrió el menor en las dos declaraciones grabadas por los psicólogos que lo trataron, que se reprodujeron en el juicio para no tener que volver a tomar declaración al niño.
Los jueces reprochan especialmente que la psicóloga de la Asociación Andaluza para la Defensa de la Infancia (ADIMA) “induce o sugiere las respuestas” al niño, ante el que criticaba el comportamiento del padre, al que llegaba a calificar como “malo y guarro” y “trata de hacer creer al menor que el padre reconoce haber hecho cosas malas con él, entregándole una carta que dice haber escrito el padre, sin ser cierto”.
El abogado del padre, José Antonio Salazar, ha dicho a Efe que su cliente se enfrentó a una petición del fiscal de 12 años de cárcel y otros 18 años de alejamiento de su hijo, pena que la madre elevó a 15 años de cárcel, 20 de alejamiento y una indemnización de 600.000 euros por los daños morales.
Los jueces dicen que “no existe duda de que el testimonio del menor, en la forma que fue prestado”, es decir mediante un entrevista grabada y reproducida en el juicio, puede ser prueba suficiente, pero en este caso “es claramente insuficiente para el dictado de una sentencia condenatoria”.
Entre otras contradicciones, la psicóloga de ADIMA dijo que el niño estaba “claramente afectado por los hechos, que le han ocasionado ansiedad, estrés postraumático y enuresis”, pero el subdirector y el orientador de su colegio lo calificaron como un chico “sociable, alegre, que se relaciona bien con los compañeros y comunicativo”.
El interrogatorio del niño por ADIMA “pone de manifiesto que el menor no ofrece un testimonio espontáneo, sino que se le inducen o sugieren las respuestas”.
Junto a ello, “no existen elementos objetivos suficientes que corroboren la declaración de la víctima” y la pediatra que lo exploró en el hospital Virgen del Rocío declaró que su “discreto eritema” en la región anal podía deberse tanto a la introducción de algún objeto como a falta de higiene tras defecar.
También el informe del Equipo de Investigación de Casos de Abuso Sexual (EICAS) “levanta serias dudas” sobre los hechos denunciados, añade la sentencia.
Entre otras contradicciones, los jueces recogen que el niño negó el 7 de abril de 2011 que los abusos se produjeran fuera del baño y el 22 de junio de 2012 afirmó que se producían “en el baño y fuera de éste, en la habitación y en el patio de la casa”.
En abril de 2011, afirmó que le gustaba irse con su padre porque acudían a comer a un bar, jugaban al fútbol y tiraban cohetes, y en junio de 2012 afirmó que “con su padre lo pasaba muy mal, no hacía nada divertido y le pegaba con frecuencia”.


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