Hace pocos días, el Parlament aprobó, con la abstención de CiU, reclamar al Govern de Catalunya que abra expediente a todos los bancos y cajas que han comercializado participaciones preferentes, un producto financiero con el que unos 300.000 consumidores catalanes se han visto afectados y han perdido los ahorros invertidos.
Protesta de afectados por las Participaciones Preferentes frente al Parlament de Catalunya.
Aconsejados por sus bancos, cientos de miles de familias contrataron participaciones preferentes –un producto financiero legal, complejo y de alto riesgo–, sin conocer sus características y ahora se encuentran atrapados. No pueden recuperar sus ahorros.
Bancos y cajas bloquean las inversiones en participaciones preferentes y retienen los ahorros de cientos de miles de familias que adquirieron este producto financiero sin conocer sus características. Los afectados denuncian este corralito español que busca aumentar el capital de la banca y cuadrar sus balances anuales.
La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) ha denunciado, ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), a 52 entidades financieras por “la comercialización irregular de estos ‘productos tóxicos’ entre ahorradores inexpertos”. La Asociación , critica la falta de información acerca del carácter especulativo y perpetuo de este producto que carece de la cobertura del Fondo de Garantía de Depósitos; es decir, si el banco quiebra, se pierde todo.
“Es un fraude generalizado y tolerado por el Banco de España y la CNMV que han hecho dejación de sus responsabilidades de control y no han mirado por los intereses de las familias”, acusa Manuel Pardos, presidente de Adicae.
Fuentes de la Asociación Española de la Banca (AEB) destacan que las participaciones preferentes “pasaron todos los controles administrativos. Es un producto bendecido y justificado por el Banco de España y por la Comisión Nacional del Mercado de Valores”. “Si ha habido irregularidades, que se investiguen y que las autoridades competentes resuelvan”, advierte la AEB.
¿Qué hacer con las acciones preferentes?
Los bancos españoles tienen un problema. Las entidades colocaron cerca de 12.000 millones de euros en participaciones preferentes entre sus clientes en los últimos tres años. La política de comercialización era clara: un interés gancho el primer año (que alcanzaba el 7% o el 8% en algunos casos) y luego un Euribor más diferencial para los siguientes.
El problema del producto es que muchos de los inversores tenían un perfil conservador y creían estar contratando algo similar a un depósito. Es decir, esperaban que el banco devolviera la inversión al cabo de unos años.
Pero realmente las preferentes son una deuda perpetua, lo que significa que el banco no tiene porqué devolver el capital inicial si no quiere. Cuando el ciclo económico acompañaba, los beneficios crecían año a año y los requisitos de capital eran más bajos, los bancos cumplían con esos plazos de vencimiento tácitos. Pero ahora que pintan bastos, los bancos no pueden hacer frente a esos compromisos oficiosos y las quejas han llegado a las sucursales.
Para tratar de compensar a la multitud de clientes afectados -que esperaban un reembolso y no lo tienen-, los bancos están ofreciendo alternativas de canje del producto. ¿Pero qué puede hacer un cliente con preferentes en estos casos? Aquí tiene una guía práctica con las distintas opciones.
1. DENUNCIAR AL BANCO. Si usted se siente engañado por su entidad, es la opción más intuitiva, pero tenga en cuenta algo muy importante: la realidad es que usted compró deuda perpetua. Si firmó todos los papeles voluntariamente, el banco no tiene nada que devolverle si no quiere. De hecho, si compró preferentes después de noviembre de 2007 (cuando entró en vigor la directiva europea Mifid) es casi seguro que usted firmó un papel en el que reconocía conocer a la perfección todos los detalles del producto y que éste se adaptaba a su perfil inversor. En la práctica, da igual lo que le dijera en su momento el director o comercial de la sucursal: que si esto era como un depósito, que si le devolverían el dinero al cabo de un determinado número de años... Algunos bancos llegaron a estampar referencias a un futuro “VENCIMIENTO" en los documentos que firmaron los clientes y siguen sin querer compensar a sus clientes cuando la fecha llegó y no se satisfizo el pago. Pero o usted (o su abogado) pueden demostrar que ha habido mala praxis a la hora de venderle el producto, o no va a ser fácil que recupere el dinero por esa vía. En cualquier caso, si desea hacerlo, puede empezar mandando su queja al Banco de España, que luego lo remitirá a la CNMV, que emitirá un veredicto no vinculante. Si ese veredicto es a su favor, puede plantearse iniciar acciones legales. En ese caso, lo mejor es que busque consejo legal.
2. QUEDARSE COMO ESTÁ. Usted puede rechazar las ofertas que le hace el director de la sucursal y seguir cobrando el cupón anual que le ofrece. El riesgo que tiene está opción es que sigue estando a merced de la “buena voluntad” del banco. Hasta que la entidad de turno no decida darle una solución a su problema particular, no recibirá de vuelta su dinero. Además, también va a depender de la marcha de la entidad, ya que las preferentes incluyen una cláusula: si hay pérdidas anuales, no hay pago de cupón. Y recuerde, usted tiene deuda perpetua. Si el banco no quiere, no se lo devuelve. Esto quiere decir que si apela a la buena voluntad del banco, tendrá que esperar a tiempos mejores en los que las entidades puedan permitirse devolverlo.
3. VENDER LAS PREFERENTES EN MERCADO SECUNDARIO. Usted podría vender sus preferentes en el mercado secundario, pero con un descuento abismal. Algunas emisiones cotizan al 40% o al 50% de su valor nominal, lo que quiere decir que si usted invirtió 10.000 euros, solo le ofrecerán 4.000 o 5.000, menos las comisiones que le cobre el banco por la operación. En cualquier caso, si le interesa esta opción, pregunte a su banco cuál es el precio de mercado secundario de sus preferentes. Haga el cálculo de si le compensa y actúe en consecuencia.
4. ACEPTAR LA OFERTA DE CANJE DE LA ENTIDAD. En ese caso, depende del tipo de oferta. Vamos a analizar los más extendidos:
a. Acciones. Sin duda la mejor opción para el cliente y la peor para el accionista (a corto plazo). Un canje de la inversión en preferentes por acciones del banco permite que los clientes recuperen buena parte de su inversión de forma relativamente rápida. Es el ejemplo de Banco Santander, que amplió capital, repartió las acciones entre los clientes que compraron preferentes, y estos las pudieron empezar a vender desde la semana pasada. La única pega es que si desea venderlas el mismo día que empiezan a cotizar -para recuperar su dinero cuanto antes y no asumir riesgos de renta variable- probablemente venda un poco más barato de la cuenta. Ese día la avalancha de ventas por parte de minoristas hará bajar puntualmente el precio de la acción. Esa bajada será el “coste” que el cliente paga por ver su problema solucionado. Para el accionista actual, en cambio, la ampliación le supone una dilución de su participación. No obstante, la alternativa de tener a decenas de miles de clientes enfadados a las puertas de la sucursal tampoco está exenta de problemas a medio y largo plazo.
b.Bonos obligatoriamente convertibles en acciones. Lo más normal es que este bono incluya un precio de conversión, que se fijará en un determinado momento. Pongamos un precio de canje por acción de 4 euros cinco años antes de la conversión. Esto significa que si usted tiene 10.000 euros en preferentes, le van a dar bonos que se convertirán en 2.500 acciones del banco dentro de 60 meses. Si cuando llegue el momento del canje, la acción vale 4 euros, usted recupera el 100% de su inversión (2.500 acciones x 4 euros = 10.000 euros). Si cuando llega ese momento, la acción vale 3 euros, usted recibirá solo 7.500 euros (2.500 acciones x 3 euros). En cambio, si la acción vale 5 euros, usted puede llegar incluso a ganar dinero (2.500 acciones x 5 euros = 12.500 euros). Para determinar si le interesa debe fijarse en ese precio de canje: cuanto más por debajo esté de la cotización actual, mejor (esa distancia es su colchón: querrá decir que la acción tiene que bajar esa cantidad para que usted entre en pérdidas). Si por el contrario, el precio de canje está por encima de la acción actual querrá decir que los títulos deberían subir hasta ese nivel para que usted recupere todo su dinero. Si el precio de canje se fija poco antes de que los bonos se conviertan en acciones, entonces el riesgo de fluctuación se reduce, ya que pasa menos tiempo entre que usted sabe cuánto valen sus acciones y ya es capaz de venderlas. En cualquier caso, debe tener en cuenta que si usted entró hace años en la sucursal a por un depósito o una inversión conservadora, ahora estará saliendo con un producto vinculado a la bolsa. Si quiere asumir ese riesgo, adelante, pero sepa que está ahí.
c. Bonos a largo plazo. En este caso le están canjeando una deuda perpetua por un bono, pongamos, a diez años. Aquí lo importante es que sepa que ese dinero estará ahí bloqueado durante todo ese tiempo. Puede venderlo en mercado secundario (y probablemente le den más dinero del que le dan ahora por sus preferentes), pero no hay garantía de que recupere el 100% de su inversión. Debe fijarse en el tipo de interés que le ofrece el banco y decidir si le compensa. Por ejemplo, en el caso de La Caixa, la entidad emitió recientemente deuda subordinada a cinco años con un rendimiento del 7,5% anual. Si usted tiene preferentes de La Caixa y le ofrecen bonos subordinados a ese plazo, como mínimo deberían ofrecerle ese interés.
La resolución de este asunto está directamente ligada con el Gobierno del Estado y el Banco de España. De momento todos los afectados se preguntan porque la CNMV y el Banco de España no establecieron más mecanismos de control y sobre todo se echa en falta que alguien responsable explique porque se ha colocado entre personas de avanzada edad y pocos conocimientos este tipo de producto financiero de alto riesgo con todo tipo de artimañas.
Revista Opinión
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