Revista Sociedad

Apostata*

Publicado el 24 noviembre 2009 por Hesterprynne
Cuando adoptamos a ciegas una religión, un sistema político o un dogma literario nos convertimos en autómatas y dejamos de crecer (Anaïs Nin).
Aunque me repito más que el ajo, hoy quiero pedirte que apostates si no lo has hecho ya. ¡Es bien fácil! En este contexto, apostatar significa exigir a la iglesia católica que suprima tus datos de sus libros parroquiales con el fin de renunciar a la fe católica

Los motivos para renunciar a la fe católica son innumerables. Personalmente, como lesbiana no puedo pertenecer a un grupo que me niega los derechos civiles, como mujer, no puedo pertenecer a un grupo misógino tanto en sus rituales como en su condena del aborto y en su propagación del rol de la mujer como madre y esposa, como española, no puedo pertenecer a un grupo que abusa de un Estado que se dice laico y no lo es, como ser humano no puedo pertenecer a un grupo que contribuye a la propagación del SIDA, que predica la pobreza y no para de recaudar para que sus mandamases vivan en palacios, y que a lo largo de la historia ha destruido culturas enteras intentando imponer sus valores

Lo único que tienes que hacer es enviar una carta a la parroquia donde te bautizaste y otra al obispado u arzobispado de tu comunidad. Esta misma operación la tienes que repetir si has hecho la confirmación o contraído matrimonio por la iglesia católica, puesto que si no seguirás saliendo en los libros parroquiales Aquí tienes todos los modelos de cartas, por lo que si no quieres, ni siquiera tienes que redactarlas tú (eso sí, no te olvides de rellenarlas y firmarlas).

Las cartas deben ir acompañadas de una fotocopia del DNI. No hace falta incluir la partida de bautismo y además, está prohibido que te la pidan. Lo único necesario, repito, es la carta de renuncia firmada y una fotocopia del DNI. Cualquier requisito adicional impuesto por los señores de la sotana es ilegal y puede denunciarse en la Agencia Española de Protección de Datos. Recordad que por cada carta de renuncia (de bautismo, de confirmación o de matrimonio) hay que enviar otra al arzobispado de vuestra ciudad. Hacedlo siempre por correo certificado o por burofax. Los envíos se pueden monitorizar desde la web de Correos, pues en el resguardo que te dan al mandar las cartas viene un número con el que puedes comprobar que haya sido entregada. Correos tiene también un servicio de burofax online. Vamos, que para apostatar ni siquiera tienes que moverte de casa. Como ves, ¡no hay excusa para no hacerlo si realmente quieres!

Por cierto, que el hecho de haber apostatado no afecta en absoluto a tu matrimonio si estás casada/o, pues en España el matrimonio es una figura jurídica civil. Un matrimonio religioso ha de notificarse en el registro civil para tener validez legal y solo entonces es reconocido por el Estado.

De todas formas, en esta web tienes todo explicado con detalle por si sigues teniendo dudas.

Si con este post consigo que al menos una persona más apostate, habrá cumplido su cometido.

Que no usen tu nombre en vano, ¡apostata!

*Mis disculpas a todas las lectoras y a todos los lectores de fuera de España, pues este post solo habla de las formas de apostatar en este país. Desconozco cómo se hace en otros lugares y os cedo la sección de comentarios para que nos iluminéis al respecto. ¡Muchas gracias!

Volver a la Portada de Logo Paperblog