El pasado martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo Reglamento de Extranjería que tiene como principales objetivos adecuar la norma a la situación migratoria actual, satisfacer las necesidades de nuestro mercado laboral y de las personas migrantes, así como hacer frente al reto demográfico. Por otra parte, el nuevo texto cumple con el derecho de la Unión Europea a través de la transposición de directivas pendientes y la aplicación de los reglamentos comunitarios. “Es la reforma más integral y ambiciosa que se ha realizado en 13 años, desde su entrada en vigor en 2011”, destaca Elma Saiz, Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. “Representa un equilibrio entre la extensión y protección de los derechos de las personas migrantes y el rigor jurídico y la atención a las necesidades de España. Aporta seguridad jurídica, simplifica trámites y protege derechos, pero además ofrece nuevas posibilidades a las personas que hayan decidido desarrollar su proyecto de vida en España, a ellas y a sus familias”, puntualiza.
El nuevo texto “va a servir para combatir a las mafias, el fraude y la vulneración de derechos”. Crea un título específico para los visados, clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general. Trabaja con las asociaciones con migrantes, con la patronal y con los sindicatos, las comunidades autónomas y las entidades locales. Es un contexto de un largo proceso de escucha. Crea un título específico para los visados, que clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general. Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro.
Mención específica merecen las figuras de arraigo. “Somos el único país de la Unión Europea que dispone de una figura específica para regularizar a las personas día a día a través del arraigo”, explica Elma Saiz, “con 5 modalidades: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad, que es una de las novedades más importantes de este nuevo Reglamento”. Se reduce el tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el primer momento. Todas estas autorizaciones serán de un año salvo la familiar, que será de 5.
En cuanto a las actividades de temporada, se ha creado una autorización específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel individual como colectivo. Además, se mejora la protección de los derechos de los trabajadores, ya que deberán tener información concreta y escrita (en un idioma que comprendan) de sus condiciones laborales, de estancia y demás gastos. Tambiénsus condiciones de habitabilidad y la seguridad del trabajador desde que sale de su país hasta que se da de alta en la Seguridad Social de aquí. A esto se suma una mejora en la posibilidad de cambio de empleador en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el desarrollo de la relación laboral (fallecimiento del empleador, plaga en la cosecha, etcétera).