San Luis Potosí.- Este día el Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó la reforma al Código Penal para endurecer las sanciones en contra de actos de abuso y muerte de mascotas.
Con una votación unánime se reformó los numerales 317 en sus fracciones del I al IV, para incrementar las sanciones privativas de la libertar y pecuniarias que encajen en el tipo penal descrito en el capítulo al que pertenece el mencionado artículo.
Las penas irán de cinco a doce meses de presión, y sanción pecuniaria de treinta a ciento treinta días del UMA vigente a quien inflija lesiones mínimas a un animal doméstico que no produzca un menoscabo físico permanente.
En caso de que las acciones impliquen un menoscabo físico, la sanción será de 12 a 24 meses de prisión, y sanción pecuniaria de doscientos a cuatrocientos UMAs vigentes. Si el crimen lo comete una persona en ejercicio de la profesión, comerció o cuidado de animales, se le inhabilitará por dos años.
Cuando el maltrato produzca la muerte, las penas serán de 24 meses a 5 años de prisión, y una sanción pecuniaria que podría ir de los 300 a 600 UMAs vigentes a la fecha. En caso de que el crimen es cometido en el ejercicio de la profesión, comerció o cuidado animal, se contempla una inhabilitación hasta por tres años.
Finalmente, cuando el maltrato consista en actos sádicos o zoofílicos, o de exposición a condiciones de sobreexplotación de su capacidad física, se impondrá pena de tres a cinco años de prisión, y sanción pecuniaria de cuatrocientos a seiscientos cincuenta días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por cinco años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de animales.