Revista 100% Verde

Arana, La Plata

Por Tintaverde

Canteras: un negocio con camino libre

Desde mediados de 2009 los vecinos de la localidad platense de Arana, atraviesan importantes problemas que afectan directamente a su calidad de vida, ya que se alteró la zona identificada como un ámbito rural debido a que en junio de ese año, la Dirección Provincial de Minería habilitó a la empresa “El ángel del sol naciente” de Oscar Tunici a poner en funcionamiento una cantera en la intersección de las calles 17 y 635 para la explotación de tierra y tosca destinada a obras públicas en Berisso, Ensenada y Punta Lara. El emprendimiento funciona de manera irregular, no cumple con la normativa vigente y contamina el agua que consumen los vecinos. Otro negocio redondo a costa de la salud de todo un barrio.

por Antonella Zuccarelo

Informe: Sabrina Carnéz

(TV) La cantera, que había estado inactiva durante casi 30 años, tenía habilitación para funcionar de diciembre a marzo de 2010. Sin embargo, comenzó sus obras en Junio de 2009, continuando durante los meses de abril, mayo y junio del corriente. Los vecinos, alarmados por esta situación, comenzaron a organizarse en asamblea para reclamar sus derechos, ya que el emprendimiento habría contaminado el agua de la zona. “Hace un tiempo hicimos  un análisis del agua de la cocina y de la napa. El resultado fue que la primera napa, la más superficial, estaba contaminada. Acá todos tomamos agua de pozo y sin ser perito de la materia, creo que es porque las napas de agua quedan al descubierto, también por basura… porque se está tirando basura en la cantera”, denuncia Letizia Gobbi, vecina cuyo terreno es lindante con la cantera. “En el barrio siempre tomamos agua pura, tenemos la extracción más profunda de 70 metros abajo, del Acuífero Puelche, la más potable. Las aguas freáticas que son las de primer nivel pueden estar contaminadas por las cloacas, pero ya más abajo no, claramente es la cantera que está contaminando”, agrega.

Reuniéndose semanalmente, autoconvocados por el “No a la cantera”, los vecinos hicieron presentaciones a distintos organismos municipales y provinciales, logrando que  el Concejo Deliberante solicitara un pedido de informe sobre la habilitación de la cantera. Además, enviaron cartas al intendente, con copia  a diferentes  autoridades,  como Sergio Federovisky, de la Agencia Ambiental de La Plata y  al Ministro de Producción de la Provincia,  Martin Ferre. Sin embargo, luego de reuniones, convocatorias y visitas a diferentes instituciones públicas, se toparon con un camino burocrático infinito.

“Al principio fuimos a lo inmediato, la delegación municipal de Arana, llevamos el problema pero no tuvimos mucha respuesta, esto es una prueba más de la ausencia del Estado, tenemos que intervenir nosotros porque el Estado no lo hace”, manifiesta Darío Ríos, uno de los afectados. Los vecinos, además denuncian que los dueños de la cantera tienen el amparo formal de la Provincia y que  la inacción de la municipalidad “es solamente con fines recaudatorios”.

El funcionamiento de esta cantera trae consigo muchas contradicciones. Si  bien la Dirección Provincial de Minería lo aprobó y avaló junto con la empresa un certificado de habilitación por el Instituto Municipal de la Producción y el Empleo con expediente nº 41912/80 de 1980, éste no se encuentra actualizado. Casi treinta años después de inactividad y retomar en el 2009 legalmente,  se tendría que haber renovado debido a que existen nuevas normativas con respeto al cuidado del ambiente y el ordenamiento territorial. Esto no sucedió, ya que solamente presentaron frente a Minería, el derecho adquirido de aquel certificado, que no posee ningún sello ni nombre de quién lo autorizó.

La cantera está ubicada, según el Código de Ordenamiento Urbano, en la zona rural RR1 -Rural Intensiva- a escasos 400 metros de la zona urbana UR4, Residencial de Promoción. De acuerdo con el artículo 94 de la Ordenanza Municipal Nº 9231, se prohíbe la decapitación del suelo en cuanto a la extracción de tierra fértil, en las zonas rurales intensivas(R/RI)1. “Aquí hay una contradicción, la cantera tendría que estas a más de 2 kilómetros de la zona rural y esta a 500 metros. Según el código de planeamiento hoy vigente, no podrían estar acá, no tendrían que haberles autorizado la explotación”, denuncia Letizia Gobbi.

Por  lo tanto, la cantera es legal, pero ¿Así de fácil es obtener una habilitación para una empresa de tal magnitud?

Arana, La Plata

UNA ACTIVIDAD POCO SUSTENTABLE. Impactos irremediables de las canteras

A las palabras se las lleva el viento y a los escritos también

Oscar Tunici, dueño de la empresa “El ángel del sol naciente” firmó un acuerdo de de amplitud ambiental -fechado en julio de 2009- con el Organismo para el Desarrollo Sostenible (OPDS), autoridad de Aplicación de la Ley Nº 11723/95 de Protección, Conservación, Mejoramiento y Restauración de los Recursos Naturales y del Ambiente en general en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

Según consta, a casi un año de comenzar su actividad no se cumplió con lo establecido, ni en cuestiones de seguridad, ni de daños a terceros. Tampoco se respetaron los planes de reforestación del lugar.

Los vecinos denuncian que además de la contaminación del agua, la cantera les trae otros problemas: “Salen aproximadamente 100 camiones por día con tierra, desgastando las calles del barrio. Además  trabajan de noche, tienen reflectores gigantes y hacen mucho ruido con las excavaciones. Tampoco tienen un cercado reglamentario, solamente está cercada la calle 17 como para mostrar que hay una parte alambrada, pero debería estar cerrado todo el perímetro”, expresa Letizia Gobbi.

Hace siete años que yo me vine a vivir acá y el agua era mineral, yo no guarde esos papeles en donde decía que el agua era potable, porque no sabía lo que iba a pasar, éramos 11 vecinos en 16 cuadras, no creíamos que se iba a poblar y que iba a pasar esto”, señala otra vecina y agrega: “Todo el mundo optó por venir a vivir a u lugar tranquilo y aparecen con esto. Mas allá de la contaminación auditiva, van y vienen, rompen las calles con los camiones, y lo peor de todo es que contaminan las napas. Los que vivimos de plata permanente acá no podemos comprar agua mineral porque sale fortuna y además no es justo porque pagamos el derecho  por venir acá”.

Cabe destacar que la cantera de 17 y 635 no es la única, ya que en La Plata existen 30 canteras de las cuales 6 están habilitadas. Es una problemática de la zona que tiene soluciones complejas y que requieren de voluntad política, hasta ahora poco demostrada. “Las dos cosas que le pueden pasar a las canteras es llenarse de agua o de basura. El tema es que en las canteras que están al lado de la autopista tienen un agua cristalina de la napa de agua que aflora o de la lluvia, y ahí se ahogaron un montón de chicos”, manifiesta Letizia. Darío Ríos agrega: “El tema es qué se hace después con ese hueco gigante. Hay maneras de regenerarlo pero no con pozos tan grandes, eso podría ser una laguna con fines recreativos, pero sabemos que el destino lógico es que va a ser un basural, no está escrito eso, pero es lo más factible”.

Arana, La Plata

PELIGRO. La única parte alambrada de la cantera de 17 y 635

Lo que la cantera no cumple

Las abismales diferencias entre lo establecido por el Código de Ordenamiento Urbano y lo que realizado en la cantera de 17 y 635:

Superficies: en ningún caso podrá superarse las 5 has. de superficie, ellos están utilizando de un predio de 28 hectáreas 22, en un plazo de 4 años.

Profundidad: Máxima 9 metros. En todos los casos, las explotaciones deberán respetar una separación mínima de 3 metros entre el piso de la cava y el nivel freático máximo. La empresa está por debajo de los 16 metros, sin tener en cuenta la separación entre la cava y las napas, debido a que ya hay roturas de las mismas, produciendo contaminación en el agua, debido a que Arana cuenta con agua de pozo. (Comprobado por estudios que hicieron los vecinos el 25 de mayo de 2010).

Distancias mínimas: de separación mínima entre cavas será de 1.000 metros. En las zonas aledañas a rutas nacionales y provinciales y avenidas de acceso no podrán ser ocupadas por cavas hasta una distancia de 200 metros respecto del límite del dominio público. Y a 5 km de zonas urbanas. La cantera está a menos de 400 metros de las viviendas y a menos de la calle 22.

Colocación de alambrado perimetral en todo el territorio: sólo tiene sobre la calle 17 que es el lado visible de la entrada

Colocación de carteles durante el camino: sobre alambrados y veredas que indiquen peligro y cantera, sólo hay 2 en el único alambrado; adecuación de taludes (inclinación de los pozos para impedir accidentes) no más de 45º grados, están a 90º; manejo de drenaje, no se cumple porque hay agua acumulada.

Todas estas reglamentaciones básicas brillan por su ausencia ya que pasó casi un año de lo acordado y firmado por Oscar Tunici y el  Departamento de Evaluación Ambiental del OPDS. Este documento establecía además que a los 15 días de firmado el acuerdo y luego a los 6 meses, habría controles, que nunca llegaron.


Entrada archivada en:General. Etiquetas:Canteras, Código de Ordenamiento Territorial, Minería.


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