Concepto de personas con discapacidad: Aquellas personas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás. Incapacitación: Es el procedimiento judicial por el cual un juez declara mediante sentencia la incapacidad de una persona para la realización de determinados actos. Puede ser de carácter total (personal y patrimonial) o parcial (patrimonial), siendo necesaria la figura del tutor o del curador para complementar la capacidad de la persona declarada incapaz. 3. Protección constitucional de la discapacidad: La Constitución española, la norma de más alto rango en nuestro país, recoge la protección de las personas con discapacidad en sus artículos 49, 14 y 9, en los cuales se regula la obligación de los Poderes públicos de fomentar la integración de todos los ciudadanos, así como el principio de igualdad. Principales normas de españa de protección a las personas con discapacidad: En nuestro país se ha ido desarrollando distinta normativa según los mandatos constitucionales. De la misma es necesario destacar dos: i) Ley 3/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos: sus principios guían toda la normativa en materia de discapacidad; ii) Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad de las Personas con Discapacidad. Procedimiento de incapacitación: Es el procedimiento judicial por el cual se procede a averiguar si la persona para la que se pide la incapacitación reúne los requisitos que exige la Ley para poder ser declarada como tal. Aspectos jurídicos de interés para familiares de personas con Alzheimer
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