Pizarra Bart: by Milinkito (texto de la pizarra, mío)
Todos pertenecemos al ecosistema 2.0, pero apenas unos pocos conocen el marco legal que lo acompaña. Cometemos tonterías, injurias, atropellos al “honor” (ese rancio término), colgamos todo tipo de fotos y vídeos (acreditados o no, etiquetados o no), etc. Me pregunto, a estas alturas, si somos conscientes de nuestra responsabilidad al colgar contenidos, al difundir información en las redes sociales.
Bien, pues asistiendo a la primera edición del Digital Days, organizado por Edelman en colaboración con Baker & McKenzie, algunas cosas quedaron más o menos claras. Jordi Masdevall, responsable de la práctica de nuevas tecnologías de Baker & McKenzie, dio las claves. Unas claves que yo no voy a repetir aquí y que pueden leer en detalle en el blog United States of Laura. Yo me limito a lanzar una reflexión que pocos se hacen en profundidad: ¿conocemos los ciudadanos de a pie las consecuencias legales de nuestras verbalizaciones 2.0? Desde luego, la respuesta es clara: al no existir una regulación específica para ellas, es complicado, es un work in progress que ni los propios abogados controlan.
UN EJEMPLO RECIENTE
10/11/2010
La ley ampara a una mujer despedida por criticar a su jefe en Facebook
LA AFIRMACIÓN EN CUESTIÓN:
“Al parecer voy a estar por un tiempo fuera. Me encanta ver cómo la compañía permite que un paciente del psiquiátrico sea supervisor”. De este modo se despachó con su jefe Dawnmarie Souza, una mujer que trabaja de técnica médica de emergencia en Connecticut (Estados Unidos), a través de la red social Facebook. Fuente y resolución: Público.es
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