La reforma en los subsidios por desempleo por parte del Gobierno español generará cambios significativos en estas prestaciones a partir del 1 de junio de 2024. Con la intención de simplificar el sistema de asistencia para aquellos desempleados que han agotado su prestación contributiva o no han cotizado lo suficiente. Se llevará a cabo una reducción de los actuales ocho subsidios a tan solo tres modalidades.
Desaparición de la Renta Activa de Inserción (RAI)
Una de las ayudas que desaparecerá es la Renta Activa de Inserción (RAI). Esta prestación, que se concede durante 11 meses y 3 veces como máximo y se cobra con efectos del día siguiente a la solicitud. Está dirigida a personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años que enfrentan dificultades significativas para reintegrarse al mercado laboral.
Solicitar la RAI antes de junio de 2024
A diferencia de otras ayudas, la RAI no hay que solicitarse de inmediato después de agotar el paro, sino que puede solicitarse en algún momento de la vida laboral después de haber recibido la prestación contributiva. No obstante, quienes tengan pensado solicitarla tendrán que estar atentos porque desde el 1 de junio de 2024 ya no se podrá solicitar. Quienes ya la reciben y aquellos que la tengan aprobada, continuarán percibiéndola en las mismas condiciones.
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Requisitos para acceder a la RAI
Para poder acceder a la RAI, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) establece una serie de requisitos, entre los que se incluyen estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción de la prestación y suscribir el compromiso de actividad. Además, se deben cumplir ciertos requisitos de ingresos y se ofrece acceso a la RAI a las víctimas de violencia de género, doméstica o sexual que cumplan ciertas condiciones.
Cómo solicitarla
Se podrá solicitar una vez cumplidos los requisitos a través de la sede electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE), en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.