Revista Salud y Bienestar

Ayuda por nacimiento del INSS: requisitos y cuantías en 2023

Por Pedirayudas @Pedirayudas

La prestación económica por nacimiento o adopción de hijos en familias numerosas, monoparentales o madre o padres con discapacidad, es una prestación económica de pago único a tanto alzado que se reconoce por el nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas o que, con tal motivo, adquieran dicha condición, en familias monoparentales y en los casos de madres o padres que padezcan una discapacidad igual o superior al 65%, siempre que no se supere un determinado nivel de ingresos.

No se reconoce la prestación en los supuestos de acogimiento familiar.

Requisitos de la ayuda por nacimiento

Los requisitos son los siguientes:

  • Residir legalmente en territorio español.
  • No percibir ingresos anuales, de cualquier naturaleza, superiores a los límites establecidos anualmente en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado. En los supuestos de convivencia, si la suma de los ingresos de los progenitores o adoptantes superase los límites establecidos, no se reconocerá la condición de beneficiario a ninguno de ellos.
  • No tener derecho a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.

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Cuantía de la ayuda por nacimiento del INSS en 2023

La prestación por nacimiento o adopción de hijo, consistirá en un pago único de 1.000 euros. Dicha cuantía contempla un incremento del 15 % por cada hijo a cargo, a partir del segundo, éste incluido.

En los casos en que los ingresos anuales percibidos, de cualquier naturaleza, superen el límite establecido en el art. 357.3 de la LGSS pero sean inferiores al resultado de sumar a dicho límite el importe de la prestación, la cuantía de esta última será igual a la diferencia entre los ingresos percibidos por el beneficiario y el resultado de la indicada suma.

No se reconocerá la prestación en los supuestos en que la diferencia a que se refiere el párrafo anterior sea inferior al importe establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (art. 358 de la LGSS).

Compatibilidad de la ayuda por nacimiento

Es compatible con las siguientes ayudas:

  • La prestación por parto o adopción múltiple causada por el mismo sujeto
  • Las asignaciones económicas por hijo o menor acogido a cargo
  • La pensión de orfandad y en favor de nietos y hermanos que, en su caso, puedan corresponder
  • Otras ayudas económicas análogas concedidas por una Administración Local o Autonómica
  • El subsidio especial de maternidad por parto múltiple causada por un mismo sujeto

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