Ayudas extraordinarias para Rehabilitación y mejora de equipamientos en edificios de viviendas dentro del Plan Impulso 2013
El Plan Impulso pretende fomentar la actividad de rehabilitación de viviendas, entre las que se incluyen las de adecuación estructural, funcional y de habitabilidad pero también las que supongan mejora de accesibilidad, instalaciones y eficiencia energética de elementos comunes y privativos de los edificios de viviendas destinados a domicilio habitual y permanente. Las solicitudes han de presentarse antes del 30 de septiembre de 2013 y la finalización de obras acreditarse antes del 30 de diciembre de 2013. Se puede conceder un 50 % del presupuesto total que incluye presupuesto de contrata, más honorarios profesionales y tributos con un máximo de 7500 €/vivienda y se puede anticipar hasta el 100 % de la subvención.
1. Actuaciones incluidas
a) Adecuación estructural, esto es, condiciones de seguridad constructiva, estabilidad, resistencia, firmeza y solidez.
b) Adecuación funcional, esto es, estanqueidad frente a lluvia y humedad y mejora de la habitabilidad (viviendas que no cumplan requisitos de superficie, programa, distribución interior o instalaciones)
c) Mejoras de accesibilidad, esto es, supresión de barreras arquitectónicas y adecuación a personas con discapacidad o mayores de 65 años.
d) Reducción del consumo energético y mejora de las condiciones térmicas y acústicas.
e) Renovación de instalaciones de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente.
2. Promotores
Propietarios de edificios de viviendas y comunidades de propietarios.
3. Condiciones del edificio
-Que tenga una antigüedad mínima de 10 años
-Que al menos el 50 % de la superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda habitual y permanente.
4. Condiciones de las actuaciones
-Las obras tendrán proyecto técnico cuando sea preceptivo o memoria valorada cuando sea suficiente.
-Se aportará licencia municipal o solicitud de la misma.
-Contarán con la mayoría de la Junta General de Propietarios.
5. Cuantía de las ayudas
El 50 % del presupuesto total, esto es, la suma del de ejecución de las obras, más los honorarios facultativos así como los tributos satisfechos por las actuaciones con un máximo de 7.500 €/viv. (mín. 1500 €/viv)
6. Plazo de presentación de solicitudes
Finaliza el día 30 de septiembre de 2013.
7. Documentación a aportar a la subdirección Provincial de la Vivienda
-Personalidad del solicitante, representante de la comunidad, propietario, arrendatario o usufructurario vitalicio e identificación del edificio.
-Licencia municipal de obras o solicitud de la misma
-Copia del acta de Acuerdo de la Comunidad de Propietarios
-Proyecto técnico si es preceptivo y en todo caso, presupuesto de las obras, indicando el plazo.
-Documentación fotográfica del estado del edificio.
-Declaración de la antigüedad del edificio.
-Declaración de no haber obtenido otras ayudas para las actuaciones
-Declaración de otras subvenciones solicitadas o concedidas.
8. Criterio de otorgamiento
Orden de entrada de la solicitud, esto es, prioridad por fecha de solicitud.
9. Plazo límite de finalización de obras
El plazo límite para la entrega de documentación de final de obra terminará el 15 de diciembre de 2013
10. Concesión de anticipos
A solicitud del interesado, la concesión de la subvención podrá reconocer el pago anticipado de hasta el 100 % del importe.
Esperamos que la información que ofrecemos sea utilidad.