Revista Salud y Bienestar

Ayudas para familias monoparentales con un hijo a cargo

Por Pedirayudas @Pedirayudas

Se entiende por familia monoparental, la constituida por un sólo progenitor, ya sea madre o padre, solteros, separados, divorciados o viudos, con el que convive el hijo nacido o adoptado y que es el único sustentador de la familia.

Por lo tanto, se pueden calificar como familias monoparentales:

  • Los viudos y viudas y sus hijos.
  • Las mujeres que afrontan la maternidad a solas, ya sea con un embarazo natural o por reproducción asistida, los hombres y mujeres que adoptan en solitario y, en casos puntuales aquellas personas que forman una familia en solitario por gestación subrogada en el extranjero (esta opción no es legal en nuestro país).
  • El padre o la madre separado y sus hijos cuando dicho progenitor tiene la custodia y los hijos dependen económicamente de dicho progenitor.

Una vez aclarado el concepto de lo que se considera familia monoparental en nuestro país, vamos a analizar las ayudas disponibles.

En este caso, concretamente, nos centraremos en las ayudas disponibles para aquellas familias monoparentales que solo tengan un hijo/a a cargo, ya que, en muchos casos, los beneficios se comienzan a obtener a partir del segundo hijo.

Se trata de una prestación económica de pago único que se reconoce por el nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas, en familias monoparentales y en los casos de madres que padezcan una discapacidad igual o superior al 65%. Siempre que no se supere un determinado nivel de ingresos.

En el supuesto de familias monoparentales será beneficiario el progenitor con el que convive el hijo nacido o adoptado y es único sustentador de la familia.

Para familias monoparentales con un hijo a cargo, el límite máximo de ingresos es de 12.424 euros, con un pago único de 1.000 euros anuales como máximo.

Para más información, pincha aquí.

Las madres trabajadoras pueden solicitar una deducción anual en el IRPF de hasta 1.200 euros hasta que el niño cumpla tres años. Se puede pedir el pago por anticipado, a razón de 100 euros al mes en la web de Agencia Tributaria.

En los supuestos de adopción o acogimiento la deducción se podrá practicar, con independencia de la edad del menor. Durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.

En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, o en su caso a un tutor, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción pendiente. Siempre que cumpla los requisitos previstos para tener derecho a su aplicación.

Aunque no es exclusivo para las familias monoparentales, en el caso de las familias que no tienen derecho a cobrar una prestación por desempleo porque no han cotizado lo suficiente. Si han cotizado 3 meses mínimo y cumplen los requisitos establecidos, podrían acceder a este subsidio.

La duración depende del número de meses cotizados:

  • El subsidio durará 3, 4 o 5 meses, si hemos cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
  • El subsidio durará 21 meses, si hemos cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, y se puede prorrogar por períodos de 6 meses hasta su duración final).
Este subsidio se tramita a través del SEPE.

Aunque este subsidio tampoco es exclusivo para las familias monoparentales también podrían acceder, si han agotado la prestación contributiva y cumplen los demás requisitos.

La duración será de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que hayan agotado y de la edad, siempre que lo soliciten en plazo y se mantengan los requisitos, de acuerdo a lo siguiente:

  • Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrá derecho a totalizar 18 meses.
  • En el caso de ser menor de 45 años y haber agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
  • Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
  • En el caso de ser mayor de 45 años y haber agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 30 meses.
Este subsidio se tramita a través del SEPE.

Las familias monoparentales tienen una consideración especial al calcular la renta para determinadas ayudas, como el bono social de la luz. También se podrá consultar si existen bonificaciones para las facturas de luz, y agua.

La Prestación por hijo a cargo es una asignación económica que se reconoce por cada hijo o menor acogido a cargo del beneficiario. Siempre y cuando sean menores de 18 años, afectados de una discapacidad de al menos un 33% o mayores afectados de una discapacidad del 65%.

Más información pincha aquí.

Aunque el ingreso mínimo vital (IMV) no es una ayuda especifica para las familias monoparentales, las tiene en consideración añadiendo un complemento de un 22% a los importes que les otorga. Quedando esta cuantía de la siguiente forma:

    Hogar formado por un adulto y un menor: 714,30 euros

Ayudas según las comunidades autónomas

Como ocurre con otros tipos de ayudas, las comunidades autónomas y los ayuntamientos conceden sus propias ayudas a las familias monoparentales. Algunas comunidades ofrecen bonificaciones en distintos servicios, como, por ejemplo, para el aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares.

Lo más recomendable será dirigirse a los servicios sociales comunitarios correspondientes a nuestra zona. Para consultar las posibles ayudas existentes a nivel autonómico y local.

Ayudas para familias monoparentales con un hijo a cargo

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