Como ya sabemos, existen múltiples tipos de familias en nuestra sociedad, entre ellos, las familias monoparentales.
Estas familias en caso de necesidad de cualquier tipo, podrán acceder a las prestaciones y ayudas comunes para la población en general. Sin embargo, existen ciertas variaciones o ayudas más específicas para este tipo de familias.
Antes de adentrarnos en materia, vamos a definir el concepto de familia monoparental, también denominada como monomarental.
Se entiende por familia monoparental, la constituida por un sólo progenitor, ya sea madre o padre, solteros, separados, divorciados o viudos, con el que convive el hijo nacido o adoptado y que es el único sustentador de la familia.
Por lo tanto, se pueden calificar como familias monoparentales:
- Los viudos y viudas y sus hijos.
- Las mujeres que afrontan la maternidad a solas, ya sea con un embarazo natural o por reproducción asistida, los hombres y mujeres que adoptan en solitario y, en casos puntuales aquellas personas que forman una familia en solitario por gestación subrogada en el extranjero (esta opción no es legal en nuestro país).
- El padre o la madre separado y sus hijos cuando dicho progenitor tiene la custodia y los hijos dependen económicamente de dicho progenitor.
Se trata de una prestación otorgada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en un único pago de 1.000 euros, en casos de nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas, familias monoparentales y en los casos de madres que padezcan una discapacidad igual o superior al 65%, siempre que no se supere un determinado nivel de ingresos.
En el caso de que se supere el límite máximo de ingresos, pero no se alcance otro máximo establecido por ley, se puede recibir una ayuda reducida que equivale a la diferencia entre el límite máximo y los ingresos de la unidad familiar.
La Prestación por hijo a cargo es una asignación económica que se reconoce por cada hijo o menor acogido a cargo del beneficiario. Siempre y cuando sean menores de 18 años, afectados de una discapacidad de al menos un 33% o mayores afectados de una discapacidad del 65%.
Más información pincha aquí.La ayuda más significativa para las familias monoparentales es la posibilidad de una deducción en renta de hasta 1200 euros para las familias monoparentales a partir de dos hijos. Los hijos deben depender económicamente del progenitor para poder beneficiarse de esta esta deducción.
Se puede solicitar el cobro anticipado de dicha deducción, que se ingresará mensualmente la cantidad de 100 euros.
Esta ayuda se tramita en la agencia tributaria.Dos semanas adicionales de permiso de permiso por nacimiento de hijo en caso de parto o adopción múltiple o de hijo con discapacidad
En las familias con dos progenitores, cada progenitor tiene una semana más de permiso por nacimiento de hijo por cada hijo en caso de parto múltiple o hijo con discapacidad. Cuando se trata de familia monoparental, el permiso es de dos semanas.
Esta prestación, como ya sabemos, no es especifica para familias monoparentales, sin embargo, hay que tener en cuenta que estas familias tendrán un complemento añadido del 22%, a la cuantía que le corresponda.
Esta ayuda se tramita en la seguridad social.Aunque no es exclusivo para las familias monoparentales, en el caso de las familias que no tienen derecho a cobrar una prestación por desempleo porque no han cotizado lo suficiente. Si han cotizado 3 meses mínimo y cumplen los requisitos establecidos, podrían acceder a este subsidio.
La duración depende del número de meses cotizados:
- El subsidio durará 3, 4 o 5 meses, si hemos cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
- El subsidio durará 21 meses, si hemos cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, y se puede prorrogar por períodos de 6 meses hasta su duración final).
Aunque este subsidio tampoco es exclusivo para las familias monoparentales también podrían acceder, si han agotado la prestación contributiva y cumplen los demás requisitos.
La duración será de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que hayan agotado y de la edad, siempre que lo soliciten en plazo y se mantengan los requisitos, de acuerdo a lo siguiente:
- Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrá derecho a totalizar 18 meses.
- En el caso de ser menor de 45 años y haber agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
- En el caso de ser mayor de 45 años y haber agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 30 meses.
A la hora de calcular los límites máximos de renta para conceder la ayuda, las familias monoparentales tienen diferente valoración de renta que las familias con dos progenitores. También tienen ciertos beneficios a la hora de solicitar el bono social del agua y el gas.
Ayudas según las comunidades autónomas
Como ocurre con otros tipos de ayudas, las comunidades autónomas y los ayuntamientos conceden sus propias ayudas a las familias monoparentales. Como por ejemplo las rentas mínimas de inserción o las ayudas de emergencia social.
Algunas comunidades ofrecen bonificaciones en distintos servicios, como, por ejemplo, para el aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares. Lo más recomendable será dirigirse a los servicios sociales comunitarios correspondientes a nuestra zona, para consultar las posibles ayudas existentes a nivel autonómico y local.