Revista América Latina

Bases teóricas de la militancia comunera para transitar los derroteros hacia la democracia directa

Publicado el 20 noviembre 2022 por Jmartoranoster

Marisol Olmeta 

Correo: [email protected] 

Link de la Ponencia: https://youtu.be/p_xKmSr9eNY 

Desde la llegada de la Revolución Bolivariana y con ella la voluntad política de transferir poder al pueblo organizado, Venezuela ha sido referencia para el continente y el mundo en materia de democracia participativa y protagónica, colocando en el centro de la práctica comunitaria el espíritu asambleario y su carácter vinculante, como bien lo expresa nuestra carta magna en su art. 70. 

De allí que hemos sido referentes para muchos países sobre todo para sus movimientos sociales, que señalan como ejemplo a seguir las formas en que el pueblo venezolano se ha volcado a las estructuras comunitarias que cuentan con un visible cuerpo o compendio normativo que lo visibiliza; a saber: Ley Orgánica de los Consejos Comunales; Ley Orgánica del Poder Popular; Ley Orgánica de las Comunas; Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal; Ley Orgánica de la Contraloría Social; Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno; Ley Orgánica de la Planificación Pública y Popular; Ley Orgánica para la Gestión Comunitaria. (Ver anexo 1)

 Así mismo, el tema de la democracia participativa y protagónica tiene especial peso y atención en los planes socialistas que hasta ahora se han aprobado para su materialización. En el caso de la Ley Patria 2019-2025 lo podemos evidenciar en su gran objetivo histórico N° 2: Continuar construyendo el socialismo bolivariano del siglo XXI, en Venezuela, como alternativa al sistema destructivo y salvaje del capitalismo y con ello asegurar “la mayor suma de felicidad posible, la mayor suma de seguridad social y la mayor suma de estabilidad política” para nuestro pueblo.

 De igual manera en el portal del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Movimientos Sociales refleja en su registro al 10/07/2021 la cantidad de 48.830 Consejos Comunales y 3.379 Comunas a nivel nacional. (Ver anexo 2).

En este orden de ideas Sanoja y Vargas (2015) nos plantean “Analizando la diversidad de procesos sociohistóricos que han sido estudiados en el mundo para construir la institucionalidad de la sociedad socialista, podemos apreciar que todos tienen un elemento fundamental común: la construcción de redes de grupos básicos de organización social, fundamentados en el autogobierno y la autogestión, como sustento en la aparición de nuevas relaciones sociales de producción. Ello parece mostrarnos, con mucha fuerza que el elemento central de la construcción Socialista Bolivariana es la forma de organización de la gente misma, de lo que se conoce como el Poder Popular” (p.273)

De este planteamiento nos interesa resaltar que el Poder Popular contiene en su seno un binomio fundamental que lo trasversaliza y le da carne y hueso a su accionar y a su devenir como expresión de la praxis comunitaria, estos son: el autogobierno y la autogestión, ambos componentes de una de las categorías claves que desarrollaremos en el transcurso de la presente indagación investigativa como lo es, la Democracia Directa.

En este sentido, es importante significar lo siguiente, si bien es cierto que somos referencia en materia de organización del Poder Popular; que contamos con lo que se ha denominado compendio de leyes del Poder Popular; que está contemplado tanto en nuestra carta magna como en los planes de desarrollo y además se cuenta con una red de instituciones creadas para el apoyo directo a estas organizaciones, de las cuales se pueden mostrar cifras significativas (como las mencionadas más arriba con relación a la conformación tanto de Consejos Comunales y de la forma de agregación de éstos en Comunas); sigue siendo un hecho visible y recurrente, las grandes dificultades de orden político-ideológica que evidenciamos en los actores (comuneros y comuneras, a las y los consejistas) que le dan vida a estas instancias, sobre todo a la hora de asumir la esencia de lo que constituyen dichas instancias.

De igual manera, son recurrentes las contradicciones relacionadas con los preceptos de la democracia participativa y protagónica, la cual fue promovida justamente para relevar a la democracia representativa y muchas veces se siguen reproduciendo principios y practicas vinculadas con la representación y el secuestro de la voluntad popular. Estas dificultades y contradicciones han demorado la posibilidad de seguir avanzando en la construcción del Estado Comunal. Considerando entonces estas circunstancias, nos planteamos como problemática central: la necesidad de una robusta militancia comunera que trascienda de la Democracia Participativa y Protagónica, a la Democracia Directa y su expresión fundamental, el Autogobierno comunitario.

En atención a lo expuesto, nos permitimos señalar algunos elementos vinculados a la problemática: • 

Desconocimiento por parte de los actores comunitarios de los fundamentos y preceptos de la Democracia Directa, igualándola a la de la Democracia Participativa y Protagónica; teniendo como consecuencia grandes limitaciones a la hora de ejercer y materializar el autogobierno comunitario. 

Tutelaje institucional, expresado en directrices impuestas desde arriba; teniendo como resultado, Comunas y Consejos comunales vinculados a prácticas clientelares.

Formación político-ideológica relegada a un segundo plano; resultando de esto, la ausencia de sujetos políticos que asuman y promuevan la Democracia Directa.

Contradicciones político-ideológicas a lo interno de las Comunas y Consejos Comunales, manifestadas en una suerte de “pluralismo comunitario”; las cuales conllevan a que el espíritu colectivo de las Comunas y Consejos Comunales sean secuestrados por voluntades e interese distantes del bien común.

Excesiva normativización del desempeño del Poder Popular, es decir, las leyes en esta materia no pueden convertirse en camisas de fuerza, pues en esa dinámica se manifiestan limitaciones en cuanto al desempeño libre, creativo y beligerante de lo que debe ser el Poder Popular

Los anteriores elementos nos invitan a plantearnos las siguientes preguntas de investigación:

¿Cuáles son los principales desafíos y contradicciones para construir una militancia comunera, que trascienda de la Democracia Participativa y Protagónica, a la Democracia Directa?

¿Cuáles serían los referentes teóricos que sustentan la Democracia Participativa y Protagónica; ¿la Democracia Directa para que tributen al desempeño de una robusta militancia comunera?

¿Cuáles serían los componentes político-ideológicos que contemplarían las bases teóricas del desempeño de la militancia comunera?

Es preciso señalar, en atención a todo lo expuesto hasta ahora, que nuestra indagación se enmarca dentro del paradigma socio construccionista, pues se considera la realidad social de las/os comunera/os como una construcción relativista, holística, divergente y dinámica. La relación dialéctica sujeto-sujeto están influenciadas por un fuerte compromiso con la autodeterminación, el autogobierno y la democracia directa; pero además porque la investigadora es militante y participativa activa en todo el proceso de la indagación investigativa; la cual se plantea como objetivo general lo siguiente: 

Desarrollar las bases teóricas de la Militancia Comunera que contribuyan a la transición de la Democracia Participativa y Protagónica, a la Democracia Directa.

La consecución de este objetivo responde a que, hasta ahora no se ha desarrollado en profundidad teórico-práctica la categoría Militancia Comunera, es como una suerte de eslabón perdido, que es necesario darle fuerza y contenido, pues si la revolución se hace con revolucionarios, entonces es determinante garantizar militancia comunera para conformar comunas y consejos comunales y así honrar lo que bien Chávez señaló: “la comuna debe ser el espacio donde vamos a parir el socialismo” 

 De allí que los objetivos específicos asuman las siguientes orientaciones:

Caracterizar los desafíos y contradicciones de la militancia comunera en su hacer como sujeto político de autogobierno comunitario.

Analizar el devenir de las categorías Democracia Participativa y Protagónica y la Democracia Directa.

Desarrollar los componentes teóricos de la militancia comunera con el propósito de que tenga consecuencias prácticas en el ejercicio del autogobierno comunitario.

Visto de esta forma quiéranos resaltar entonces que, cobra especial pertinencia la presente investigación, por cuanto contribuye al área de conocimiento en educación de nuestro doctorado, pues se adecua a premisas socio-históricas que tributan en la emancipación de nuestro pueblo organizado.

Es por ello que este esfuerzo de investigación contiene en sus propósitos esenciales, insistir en fortalecer las instancias de participación nacidas al calor de una revolución, que ha estado en permanente asedio y que aun así no perdemos la visión político-estratégica de cuáles son las herramientas para contrarrestar semejantes arremetidas, cometidas por uno de los imperios más criminales de nuestra historia contemporánea y que no es otra que el Pueblo y sus altos niveles de conciencia política que se materializan en lo que en esta indagación insistimos en denominar la Militancia Comunera.

En este sentido, podemos también significar que la pertinencia tiene que ver con el mundo de las relaciones político-sociales actuales de nuestro país y del continente, quienes han declarado desde hace unas cuantas décadas atrás la necesidad imperiosa de transformar el sistema de producción capitalista por un sistema de relaciones de producción y distribución justa y equitativa de la riqueza que generan pueblos, pero además que estén en manos de las mayorías. Dichas mayorías a su vez, fortalecidas en organizaciones genuinas y de base, por un lado, pero también robustecidas desde el punto de vista político-ideológico, donde los encuentros de base de nuestros comuneros(as) sean espacios de comprensión compleja de la realidad, y donde éstos sean sujetos integrales con definidos atributos para erigirse como verdaderos agentes de transformación y emancipación. 

He aquí lo novedoso de este esfuerzo, que pone en el centro la necesidad de formar cuadros políticos que prefiguren el dominio de la idea del Socialismo Bolivariano y su método de acción política que es la Democracia Directa. 

Es decir, construir la epistemología de la Revolución Bolivariana, pues en el área de conocimiento que se vincula con la educación comunitaria, la educación de la militancia comunera es muy precaria y hay una dinámica nacional que demanda la producción de conocimiento, para fortalecer esa epistemología de la revolución bolivariana, que tiene que ver con la formación de la fuerza que mueve la revolución, la educación para el fortalecimiento de los procesos que se dan en la comuna, fortalecer los procesos de participación a través de procesos educativos formativos. 

De allí la importancia de tributar con robustecer una militancia comunera que materialice tan importante objetivo, por cuanto hasta ahora, siempre se nos ha vendido la idea de que en las Comunas y Consejos Comunales pueden coexistir en su seno actores políticos que incluso adversen lo que en esencia promueve la Comuna, que no es otra cosa que el Estado Comunal, tamaña contradicción que en lo sucesivo se ha convertido en un subrepticio obstáculo para el avance y la consolidación de ese andamiaje comunitario que requiere el ya mencionado Estado comunal. 

El asunto radica acá, ya no en discutir si se respetan o no la diversidad de opiniones y pensamientos de la gente, o si se les está imponiendo una manera de ver el mundo y la vida, el tema está en cómo recuperamos la conciencia desclasada de nuestras clases populares, que son el resultado de una de las causas que señalábamos al principio de este documento, y que tiene que ver con la manera como siempre ha quedado en un segundo plano la formación político-ideológica de nuestras comunidades, hecho que ha permitido que permee y se fortalezcan valores y principios que atentas contra la emancipación de las mayorías

Y por último en relación a posibles aportes, podemos decir que, se aspira contribuir desde el punto de vista teórico con el desarrollo y profundización de categorías que ya se han identificado más arriba y que tienen que ver con: la Militancia Comunera y el Autogobierno comunitario, todo esto con la intención de impulsar la necesaria transición de la Democracia Participativa y Protagónica a la Democracia Directa. 

De seguro que, desde el enfoque cualitativo en el cual se desarrollará la investigación, por sus características de flexibilidad, dinamismo, construcción de significados de lo que las personas le asignan a los hechos sociales, surgirán otros aportes de índole teóricos e incluso metodológicos, que con toda certeza tributarán a ésta y sucesivas investigaciones en el área de la educación.

REFERENCIAS:

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Gaceta Oficial N° 36.860, 30 de diciembre de 1999.

Ley Constituyente Plan de la Patria 2019-2025. (2019) Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 6.442 Extraordinario, 3 de abril de 2019.

Sanoja, M y Vargas, I. La larga marcha hacia la sociedad comunal. Editorial El Perro y la Rana. Caracas 2015

ANEXO 1: Ley Orgánica Objeto de la Ley Ley Orgánica de los Consejos Comunales. Regular la constitución, conformación, organización y funcionamiento de los Consejos Comunales como instancias de participación y de ejercicio directo de la soberanía popular, así como su relación con los órganos y entes del Poder Público para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas. Fue oficializada en Gaceta Oficial Nº 39.335 del 28 de diciembre de 2009. Ley Orgánica del Poder Popular Desarrollar y consolidar el Poder Popular, generando condiciones, a través de la participación y organización establecidos en la Constitución Bolivariana, en las leyes y los que surjan de la iniciativa popular, con el objetivo de incentivar a los ciudadanos y ciudadanas a ejercer el pleno derecho a la soberanía, la democracia participativa, protagónica y corresponsable, para el ejercicio directo del poder. Ratificada en Gaceta Oficial 6.011 extraordinaria del 21 de diciembre de 2010. Ley Orgánica de las Comunas Desarrollar y fortalecer el Poder Popular, estableciendo las normas que regulan la constitución, conformación, organización y funcionamiento de la Comuna, donde los ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio del Poder Popular, ejercen el pleno derecho de la soberanía. Desarrollando la participación protagónica para la edificación del Estado Comunal y del Estado democrático, social de derecho y de justicia. Gaceta Oficial Extraordinaria Número 6.011 del 21 de diciembre de 2010

Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal Desarrollar y fortalecer el Poder Popular, estableciendo las normas, principios y procedimientos para la creación, funcionamiento y desarrollo del Sistema Económico Comunal, integrado por organizaciones socioproductivas bajo régimen de Propiedad Social Comunal, para la producción, distribución, intercambio y consumo de bienes y servicios, así como de saberes y conocimientos. Gaceta Oficial Nº 6.011, Extraordinario, 21 de diciembre de 2010 Ley Orgánica de la Contraloría Social Fortalecer el Poder Popular, mediante las normas para la promoción, desarrollo y consolidación de la contraloría social como medio de participación y de corresponsabilidad de los ciudadanos, las ciudadanas de la función de prevención, vigilancia, supervisión y control de la gestión pública y comunitaria, como de las actividades del sector privado que incidan en los intereses populares. Promulgada el 21 de diciembre de 2010, a través de la Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.011. Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno Regula la organización y funcionamiento del Consejo Federal de Gobierno, el cual es el encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los estados y municipios. En consecuencia, establece los lineamientos para la transferencia de las competencias hacia las organizaciones del Poder Popular. Oficializada el 22 de febrero de 2010 en Gaceta Oficial Extraordinaria No. 5.963. Ley Orgánica de la Planificación Pública y Popular Desarrollar y fortalecer el Poder Popular mediante el establecimiento de los principios y normas que sobre la planificación rigen a las ramas del Poder Público y las instancias del Poder Popular, así como la organización y funcionamiento de los órganos encargados de la planificación y coordinación de las políticas públicas. Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.011 del 21 de diciembre de 2010. Ley Orgánica para la Gestión Comunitaria Desarrollar los procedimientos y mecanismos de transferencia de administración de servicios, actividades, bienes y recursos al pueblo organizado, a fin de gestionar las Empresas Comunales de Propiedad Social de servicios y socioproductivas, o de las organizaciones de base del Poder Popular para la prestación y gestión eficaz, eficiente, sustentable y sostenible de los bienes, servicios y recursos destinados a satisfacer las necesidades colectivas. Gaceta Oficial Extraordinario Nº 6.079 del 15 de junio de 2012. Elaboración propia con base a la información del portal del MPPCMS

BASES TEÓRICAS DE LA MILITANCIA COMUNERA PARA TRANSITAR LOS DERROTEROS HACIA LA DEMOCRACIA DIRECTA

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