Revista Opinión

Bitcoins y el cambio de divisas. Exención de IVA

Publicado el 07 noviembre 2015 por Elblogderamon @ramoncerda
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Bitcoins

Los bitcoins son una divisa virtual que se utiliza para realizar pagos entre particulares en internet y en las tiendas en línea que los aceptan. Los usuarios pueden adquirir y vender esta divisa sobre la base establecida del tipo de cambio.

A los más tradicionalistas, esto de una moneda virtual nos puede sonar algo raro, pero, ¿qué es al fin y al cabo el dinero de plástico (tarjetas de crédito y débito) que cada vez se usa más. ¿Hay algo más virtual que eso? Puede: los Bitcoins.

Lo que dice la directiva europea sobre el cambio de divisas en bitcoins

La directiva del IVA dice que las entregas de bienes y las prestaciones de servicios realizadas a título oneroso en el territorio de un estado miembro por un sujeto pasivo que actúe como tal, estarán sujetas al IVA.
#bitcoins

Los bitcoins tienen el mismo tratamiento que otras monedas en el cambio de divisas.

Pero… deberán eximirse las operaciones relativas a las divisas, los billetes de banco y las monedas que sean medios legales de pago. 

Todo comenzó con la consulta de un ciudadano sueco sobre si el cambio de divisas utilizando bitcoins estaba o no exento de IVA. La respuesta recibida fue clara. La Comisión sueca del derecho fiscal le dijo que sí estaban exentas.

La autoridad tributaria sueca interpuso un recurso ante el Tribunal Supremo de lo contencioso-administrativo de Suecia porque entendía que esas operaciones de intercambio no estaban incluidas entre las exenciones previstas para el IVA.

Finalmente el Tribunal se ha pronunciado y mantiene la postura de que SÍ QUE ESTÁN EXENTAS DE IVA.

Bueno es saberlo.

Ramón Cerdá

Bitcoins y el cambio de divisas. Exención de IVA was last modified: noviembre 3rd, 2015 by Ramón Cerdá

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