Revista Opinión

Bodas y Hacienda, pero yo… ¿con quién me he casado?

Publicado el 06 julio 2013 por Elblogderamon @ramoncerda
#bodas

Las bodas son otro objetivo de Hacienda

BODAS

y fiscalidad

Estas cosas me ponen enfermo, que Hacienda empezara con inspecciones a pié de calle en las Fallas, en la Feria de Abril y no recuerdo en qué otro tipo de festejos, me pareció de muy mal gusto. Tienen mejores maneras y medios de hacer comprobaciones como para ir amargándole las fiestas al personal. Pero por lo visto esta política de persecución y acoso funciona y le han tomado gusto, aplicándola ahora también a las bodas. Muy pronto en bautizos, comuniones, bodas de plata, bodas de oro y entierros… al tiempo.

¿Qué hace ahora Hacienda cuando se entera de las bodas?

Ha descubierto otra manera de amargarle la vida a la gente y remite sin ningún pudor un REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN que, automáticamente pone en marcha una serie de mecanismos que pueden acabar en distintas inspecciones y también en sanciones, tanto para los proveedores de servicios de las bodas como a los propios contrayentes.

Una de las cosas que me resulta curiosa es que todo el mundo criticaba las actuaciones de la SGAE cuando acudía a las bodas para sancionar por el uso de las bandas sonoras y, en cambio, sobre este tema casi nadie parece decir nada. Supongo que será porque todavía no es de dominio público.

¿Qué pide en el requerimiento?
  1. Fecha y lugar de realización del banquete
  2. Utilización de carpas
  3. Formas de pago (cheque, efectivo, tarjeta…)
  4. Nombre de la persona a quien se extendió la factura
  5. Fotocopia de las facturas del restaurante (o del catering y en su caso del alquiler del local), así como los justificantes de los medios de pago de las mismas.
  6. Alquiler del coche nupcial
  7. Alquiler del autobús para el desplazamiento de los invitados
  8. Empresa con la que se contrató el servicio y costo de los mismos
  9. Nombre y dirección de la floristería donde se hicieron los arreglos florales relativos a la ceremonia y el banquete
  10. Nombre de la persona a quien se extendió la factura de las flores

IMPORTANTE: Hay que tener en cuenta que con la actual normativa, no se pueden hacer pagos en efectivo por más de 2.500 euros, con lo cual, si no hay justificantes bancarios, los contrayentes (o los titulares de las facturas) podrán ser sancionados con el 25% del montante total.

Otra cosa a tener en cuenta es que si no hay factura de alguno de los conceptos, Hacienda podrá entender que se ha hecho “en negro”, con los consiguientes problemas para ambas partes.

Negar que haya habido banquete, o flores, etc., puede ser problemático porque es muy fácil que Hacienda tenga acceso a fotografías del Facebook, Instagram o Twitter, o con algún requerimiento que hagan directamente a los fotógrafos.

En definitiva, que esto, más que un requerimiento de información es una persecución que puede llegar a unos niveles absurdos.

Debo matizar una vez más (especialmente para mis detractores) que no defiendo el fraude; simplemente me parece inoportuno y de mal gusto hacer las cosas de este modo cuando Hacienda dispone de medios mucho más sofisticados para realizar sus comprobaciones.

Ramón Cerdá

 

Escrito por Ramón Cerdá en El Blog de Ramon. Si no estás leyendo esto en El Blog de Ramon, el artículo original lo encontrarás aquí …http://elblogderamon.com/bodas-y-hacienda/.

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