Alberto Guerrero Peyrona
Colaborador de CCOO y de la PV de empleadas del hogar
Os adjunto el BOE de 7 febrero y el resumen de lo que si las Trabajadoras de hogar se integren al derecho al desempleo como el resto de currantes , deberan cotizar cada mes.
una persona que cobre 100 euros al mes , sobre la base actual deberia pagar para desempleo , fogasa y formacion profesional : mas de 10 euros al mes.
Los tipos de cotización pordesempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesionalserán, a partir de 1 de enero de 2012, los siguientes:
2.1 Desempleo:
2.1.1Contratación indefinida, incluidos los contratos indefinidos a tiempo parcial yfijos discontinuos, así como la contratación de duración determinada en lasmodalidades de contratos formativos en prácticas y para la formación y elaprendizaje, de relevo, interinidad y contratos, cualquiera que sea lamodalidad utilizada, realizados con trabajadores que tengan reconocido un gradode discapacidad no inferior al 33 por ciento: 7,05 por 100, del que el 5,50 por100 será a cargo de la empresa y el 1,55 por 100 a cargo del trabajador.
2.2 Fondo de GarantíaSalarial: el 0,20 por 100, acargo de la empresa.
2.3 FormaciónProfesional: el 0,70 por 100, del que el 0,60 por 100 será a cargo de laempresa, y el 0,10 por 100 acargo del trabajador.
Total desempleo 7.05 + Formacion 0.70 + fogasa 020 = 7. 95%
De una base mensualde 748 = Ą 59 .4 euros mes Ą
2.1.2Contratación de duración determinada:
2.1.2.1Contratación de duración determinada a tiempo completo: 8,30 por 100, del queel 6,70 por 100 será a cargo del empresario y el 1,60 por 100 a cargo del trabajador.
2.1.2.2 Contratación de duración determinada a tiempo parcial: 9,30por 100, del que el 7,70 por 100 será a cargo del empresario y el 1,60 por 100 a cargo del trabajador
9.30+ 0.70 + 0.20 = 10.20% ( de 100 euros mes base: 98.89 )= 10 euros
Descargar BOE de 7 de febrero