En la vida útil de un vehículo, éste puede pasar por las manos y corazones de muchos propietarios. Cuando decidimos vender o simplemente regalar a un familiar el vehículo se deberá igualmente cumplir y formalizar siempre todos estos requisitos con su correspondiente: pago de tasas, entrega de documentos pertinentes, cancelación de cualquier limitación de disposición del vehículo y pago previo de las sanciones impuestas que pudieran existir pendientes de pago a cargo del vehículo en el momento del traspaso, para poder hacer legal el traspaso.
En cada traspaso de propiedad de una moto o un coche se debe informar, siempre, a la Dirección General de Tráfico sobre el cambio de titularidad del vehículo para legalizar todo el proceso de compraventa.
Digamos, vender y/o traspasar siempre supone de un papeleo burocrático. Entre los documentos a entregar para hacer el traspaso de propiedad de un vehículo encontramos:
- Rellenar cumplimentado el impreso oficial
- Pagar las tasas dependiendo del tipo de vehículo (53.40€ vehículos normales, 26,70€ ciclomotores)
- Se han de identificar adecuadamente los interesados en el proceso de compraventa. (Personas físicas, personas jurídicas, menores o incapacitados, identificador del vendedor.
- Documentación del vehículo (permiso de circulación)
- Entrega de los justificantes necesarios que acrediten el pago, exención y no obligación de la aplicación de la tasa impositiva sobre las Transmisiones Patrimoniales que se ha de pagar a la Comunidad Autónoma en la que estuviere inscrito previamente el vehículo.
Éstos, serían los documentos básicos a entregar en una compraventa normal de un vehículo en el Estado Español.
Ahora bien, ¿Qué otros documentos debemos presentar adicionalmente si el vehículo que buscamos vender o traspasar fuese el vehículo de una persona actualmente fallecida?
En este caso deberemos presentar la declaración de herederos con el testamento del titular que incluya el certificado de últimas voluntades, o también se puede presentar, el libro particional donde se muestre expresamente la adjudicación del vehículo y el pago del impuesto de sucesiones.
Cada vez que hagamos el cambio de titularidad, será emitido un nuevo permiso de circulación, siendo válido si la ITV del vehículo se encuentra actualizada a la fecha de la operación.
Los datos que os presentamos sobre qué documentos e información se ha de acreditar cuando queremos proceder al cambio de titularidad de un vehículo, tanto si ha fallecido o como si no, se encuentra actualizada con información de la DGT sobre el cambio de titularidad del vehículo del 30 de diciembre de 2014.
- Entro otros consejos, la DGT recomienda si vas a hacer la trasferencia de la titularidad de un vehículo:
- No se ha de entregar el vehículo antes de poseer el contrato original de compraventa.
- El comprador deberá, sin superar los 15 días, remitir una copia del documento del permiso de circulación donde se pueda verificar que el vehículo ya no está a nuestro nombre sino al del comprador.
- Si eres tu quien adquiere el vehículo mediante la transferencia de la titularidad, recuerda quedarte con una copia del contrato de compraventa o con el original mismo.
En resumen se ha de cumplir estas tres condiciones para poder hacer efectiva la transferencia de titularidad se deberá abonar:
- Haz el pago de los impuestos de transmisiones patrimoniales (modelo 620) en la agencia tributaria de tu Comunidad Autónoma.
- Pedir cita previa en la DGT para realizar la gestión.
- Presenta toda la documentación necesaria para el traspaso de propiedad.