Revista Homo

Caminar una milla con otra piel…

Por Bebloggera @bebloggera
Por Maha Lub desde España.

¡Hoy quiero apelar a la empatía y protestar!

Antes de entrar en materia, me gustaría pedir a las lectoras (y lectores) de España que participéis en SOMOS, una iniciativa maravillosa que nace para aunar fuerzas y cambiar el mundo, podéis encontrar más información en .Tasteroom.
Ahora vamos con mi protesta, quiero meter el dedo en la llaga, voy tratar un tema sobre el que muchos opinan pero, a pocos he visto meterse en el pellejo de l@s afectad@s antes de hablar. Os propongo que cambiéis de piel por un rato para venir a dar un paseo en pro de la sensatez. 
Caminar una milla con otra piel…
¡CAMBIO DE SEXO!
Estoy cansada de escuchar a personas desaprobar vehementemente un hecho sobre el que no puedo comprender que se discuta… ¿Porqué tiene que pagar la Seguridad Social una operación de cambio de sexo???
Empezaré citando Ley General de la Seguridad Social (NIPO 271-12-017-3) para que sus bases consten en acta. 
Artículo 1. Derecho de los españoles a la Seguridad Social.  
El derecho de los españoles a la Seguridad Social, establecido en el artículo 41 de la Constitución, se ajustará a lo dispuesto en la presente Ley.  

Artículo 2. Principios y fines de la Seguridad Social.  
1. El sistema de la Seguridad Social, configurado por la acción protectora en sus modalidades contributiva y no contributiva, se fundamenta en los principios de universalidad, unidad, solidaridad e igualdad.  
2. El Estado, por medio de la Seguridad Social, garantiza a las personas comprendidas en el campo de aplicación de ésta, por cumplir los requisitos asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en esta Ley. 
El mencionado artículo de la Constitución española dice: 
Artículo 41. 
Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante  situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.
¿Y cómo paga la Seguridad Social estas asistencias sanitarias libres? Todos y cada uno de los trabajadores dentro del territorio español cotizan, eso significa que un tanto por ciento de sus nóminas se destina a la Seguridad Social.
Muchas de las personas que antes he mencionado dan un pequeño (pero egoístamente sustancial) giro a la pregunta con la que abría: ¿Porqué tengo que pagar yo una operación de cambio de sexo? Dedico cuanto sigue a toda esa gente.
Punto 1Imaginemos la clase de martirio que debe suponer no reconocer la realidad de tu esencia ante un espejo. Ser transexual no significa ser un monstruo vicioso; significa estar encerrado en un cuerpo ajeno; significa criarte sin ser capaz de comprenderte, todo cuanto establecen las normas sociales va en contra de tu ser; significa marginación, intolerancia y rechazo porque vives en una sociedad en la que impera una mentalidad errónea y discriminatoria; significa pasar por múltiples retos, dificultades y torturas, tanto físicas como mentales. Sí, torturas… Porque tienes que superar una larga, agotadora y dolorosa carrera de obstáculos para llegar a ser realmente, quien realmente eres, algo que la gran mayoría de los humanos logramos con sólo nacer.
Punto 2L@s transexuales nacen sanos pero las vidas y las elecciones que la sociedad les empuja a tomar, terminan por minar su salud. En los mejores casos, esos en los que encuentran apoyo familiar y ayuda médica, las operaciones a las que deben someterse son tan caras que, cuando al fin consiguen reunir el dinero, se han perdido muchos años importantísimos. No olvidemos que la transexualidad no surge de pronto, es algo con lo que se nace; cuanto antes se tomen cartas en el asunto, es menos traumático para la integridad de la persona y, se logra un mayor éxito en el proceso de reasignación sexual y aceptación de género. En los peores casos, esos en los que no se encuentra apoyo y el entorno repudia a la persona, las desgracias son prácticamente inevitables.
Punto 3Para introducir este punto volveré a citar la Constitución española:
Artículo 35. 
1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
Precioso artículo, pero nada más lejano a la realidad ¿Acaso una persona transexual puede elegir libremente su profesión? Trabajos de cara al público, con niños, puestos ejecutivos, abogados, dentistas, periodistas… ¿Habéis visto a muchos transexuales en esos puestos? ¡Nadie te contrata si eres transexual! Con suerte, tal vez puedas terminar fregando platos en algún restaurante, aunque, si tienes dotes artísticas puedes dedicarte a hacer shows mal pagados. Pero pobre de ti como no tengas desparpajo en los escenarios… en ese caso, será mejor que pierdas escrúpulos y aprendas muy bien a chupar pollas, hacer la calle será uno de los pocos caminos que podrás tomar (y la prostitución no cotiza a la seguridad social).
Señoras, señores… ¿En serio creen que una operación de cambio de sexo es un capricho? 
He conocido a bastantes transexuales y, tras empaparme con sus historias, me queda clara una cosa: la ayuda médica temprana es crucial, pero no nos engañemos, la Cirugía de Reasignación Sexual no soluciona el problema en absoluto, también es necesaria mucha ayuda legal y psicológica. Cualquier transexual que decida cambiar de género quirúrgicamente, como mínimo requiere:
- Una adecuada valoración y diagnóstico clínico.- Apoyo psicoterapéutico.- Tratamiento hormonal.- Adaptación social a la identidad sexual que se necesita asignar.- Cirugía.- Inserción laboral.- Ajuste legal a su nuevo sexo.
Si se cumplen estas condiciones, al menos, se les puede garantizar el cumplimiento del artículo 35 de la Constitución española. ¿Calculamos el efímero tanto por mil que supone esto en la nómina de los trabajadores amparados por el 35? ¡Valiente mezquindad! Responderé de manera miserable para que semejantes avaros me entiendan bien: si se cumplen los requisitos que he citado, l@s transexuales son personas sobradamente capaces de realizar cualquier trabajo en el que se cotice. No le roban nada a nadie, la recompensa a todo su dolor y sufrimiento es poder contribuir a la economía y a la sociedad. ¡Dios! ¿Cómo es que somos tan incapaces de ver la evidencia? ¿Acaso no nos damos cuenta de la crueldad que supone decir, porqué tengo que pagarles yo una operación de cambio de sexo? Para que cualquier transexual pueda cumplir con su deber de trabajar (artículo 35 de la constitución) primero, el Estado debe cumplir con su garantía de asistencia y prestaciones sociales, sólo así se podrá asegurar el derecho a la libre elección de profesión u oficio, sin discriminación por razón de género o sexo.Los nativos americanos dicen: antes de juzgar a una persona, camina una milla con sus zapatos. Con este post yo quiero ir un poquito más alla, antes de opinar sobre los derechos de una persona, aléjate de cualquier prejuicio, vístete con su piel y siente su realidad en tus carnes.

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