Policía, pidiendo loa documentación a unas prostitutas.
El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) publicaba ayer una orden en contra de las mujeres que ejercen la prostitución en carreteras y los clientes que las frecuentan. Impulsada por la Consejería de Interior de Catalunya, la Generalitat ha abierto el fichero de datos de carácter personal sobre expedientes sancionadores por la realización de servicios sexuales en las carreteras y sus zonas de protección. La finalidad del Departamento de Interior, dirigido por Felip Puig, consejero conocido por su actuaciones represivas contra los “indignados” y su página web –posteriormente retirada– en la que pedía colaboración ciudadana para “delatar a vándalos”, es gestionar los datos de infracción a la Ley de Carreteras por ocupar de manera temporal las zonas de dominio público para prestar dichos servicios sexuales. El uso previsto de este fichero es recoger las denuncias impuestas por los Mossos d'Esquadra, tramitar y resolver los expedientes sancionadores, recaudar las sanciones y extraer los datos para elaborar estadísticas.
De ahora en adelante, las prostitutas y clientes a los que se incoe un expediente sancionador deberán proporcionar su DNI, nombre y apellidos, dirección postal, fecha de nacimiento y nacionalidad, el tipo de infracción administrativa y los “datos especialmente protegidos (naturaleza sexual)” de las personas que infrinjan el artículo 56.4 de la Ley de Carreteras. Un artículo que tipifica como grave la ocupación de manera temporal de las zonas de dominio público de las carreteras para negociar servicios de naturaleza sexual porque supone un peligro para la seguridad vial. Y multa con hasta 30.000 euros tanto a clientes como a prostitutas.
La Generalitat de Cataluña tendrá, a partir de ahora, informaciones en sus archivos referentes tanto a personas que ejercen la prostitución como a las personas que pagan por ella. Avalado por un informe de la Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT, homóloga de la agencia española), el comprometido fichero permitirá identificar una persona, obtener un perfil sexual y supondrá una amenaza para el individuo. Este tipo de datos, junto a las informaciones relativas al origen racial y a la salud, solo se pueden recoger por “razones de interés general”. A pesar de eso, la APDCAT considera que los motivos que esgrime la Generalitat, multar por poner en grave peligro la seguridad vial, habilita para su recogida. En su informe, pide a la Generalitat que se elimine la palabra “consulta” sobre los usos posibles de los datos. Algo que el Gobierno catalán ha aceptado.
El Ayuntamiento de Barcelona ya fue expedientado por la misma agencia que ha dado el visto bueno al fichero de la Generalitat porque recogía el DNI y la dirección de prostitutas y clientes a los que multaba en la calle, algo que el Consistorio recurrió. La diferencia entre ambos casos radica en que el Consistorio se regía por una ordenanza municipal, mientras que la Generalitat se apoya en una ley. Distintas asociaciones y entidades lamentan que la Administración tenga en sus ficheros detalles tan sensibles sobre la vida sexual de las personas, sobre todo, de las mujeres y que se estigmatice, de esta forma, a las mujeres. Rocío Nieto, presidenta de la Asociación para la Prevención, Reinserción y Atención de la Mujer Prostituida arguye: “El tema se aborda como un problema para la seguridad vial, pero luego se recogen datos de otro tipo...”. Y Helga Flamtermesky, del proyecto Mujer-Frontera, sentencia: “Lo que más nos preocupa es que con toda la penalización y la criminalización hacia las prostitutas, al final terminen escondiéndose o las metan en pisos cerrados, en los que no se tenga acceso a ellas y eso las haga aún más vulnerables”.