Con respecto a la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición, aprobada en el Congreso de los Diputados, la Confederación Española de Organizaciones de Panadería (CEOPAN) lamenta que se haya perdido la oportunidad de mejorar la protección al consumidor exigiendo la utilización de envases precintados para vender pan en régimen de autoservicio.
CEOPAN mantiene desde hace muchos años que la venta de productos de panadería, en régimen de autoservicio, en envases sin precintar, supone un grave deterioro de las garantías de higiene alimentaria, ya que permite al consumidor tocar y / o manipular el producto, evitando que lo reciba en las más óptimas condiciones de salubridad.
CEOPAN insiste en que el pan es el único producto alimenticio -a excepción de los que se pueden lavar o pelar, o tienen cáscara- que se vende sin precintar o sin envase hermético en régimen de autoservicio.
Por todo ello, CEOPAN solicita a las autoridades sanitarias que, cuando el pan se venda en España en régimen de autoservicio, se exija el cumplimiento del artículo 2.1 del Reglamento 852/2004 del Parlamento Europeo relativo a la higiene de los productos alimenticios, obligando a la utilización de envases herméticamente cerrados, para que estos productos sean seguros ante la presencia de peligros.