Revista Opinión

Ciertas sentencias

Publicado el 16 febrero 2013 por Franky
CIERTAS SENTENCIAS El pueblo llano no entiende cómo puede un juez dictar ciertas sentencias; no se explica, que puedan llegar a impregnarse de parcialidad, de interés o de una ideología concreta. No ha comprendido que se haya cerrado en falso el ‘terrible asunto de Marta del Castillo’, que se declare judicialmente que el asalto a un supermercado es legítimo, que la instrucción de los ERE dormite ya medio año sin que haya tenido el tratamiento proporcionado a su gravedad… Y, ahora, los jueces preparan su huelga, no por fruslerías, sino para señalar significativamente su atadura de manos.

En cuanto a la sentencia del “caso Marta”, la madre afligida no deja de tener pleno sentido, al lanzar su durísima requisitoria contra la sentencia, en que el Supremo sólo retoca insustancialmente la de la instancia anterior y deniega la repetición del juicio. “La justicia no sólo está ciega y sorda, es que está muerta”, es la palabra angustiada y el dolor contenido, pero que, seguro, lanzan, con rabia, infinidad de españoles, especialmente en un hecho de tanta gravedad y resonancia, que en cuatro largos años no han logrado desarmar la estrategia escalofriante de unos niñacos y sus frías defensas; los padres de Marta piden con lógica desesperación, el cuerpo de su hija, es lo mínimo ya, el determinar una relación única de la sucesión de los hechos criminales y la identificación del colaborador que, por supuesto, conocen todos los acusados y consideran un “desgraciadico” y un cabeza de turco”, M. Cascaño, cuyo silencio es síntesis de este disparatado asunto.

Por otra parte, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, archivando la ‘proeza’ de asaltar un local de Mercadona realizada por el parlamentario comunista andaluz, S. Gordillo y un piquete a sus ordenes, -según avanza la agencia Efe- nos parece más que sorprendente, desde la del 11-M. El tal magistrado tiene que ser muy bondadoso, pues dejar libre y suelto al asaltante que debiera haber mandado a prisión, no parece libre, sino políticamente atorado.

Para entender esto, léase la sentencia; todo vale contra la propiedad, todo es lícito contra la libertad, las ocurrencias de los sindicalistas son sagradas; es muy posible que haga de llamada y por mímesis se sucedan los saqueos a los supermercados, ya ven, no cuesta nada. El auto disculpa al Alcalde; afirma que sólo intentó que los trabajadores de Mercadona secundaran la huelga, “sin más armas que la palabra, la voz o la presencia física". No aborda el vídeo aportado por la Guardia Civil en que se ve y se oye al Jefe Sindical decir: “Te tiramos todo lo que hay por ahí, lo tiramos por el suelo y vas a tener que poner a trabajar aquí a tu gente 20 días. Me has entendido, ¿no?”. A esto se le llama, “sin más arma que la palabra”; pero también los jueces del mundo las juzgan como amenazas y violencia y condenan al locuaz amenazador a cargar con unos cuantos años de cárcel. Aquí parece que la violencia no existe; se llama “intensidad”; si un parlamentario, con sitio para hablar, agrede, coacciona y coge productos sin pagar, o sea, roba, sólo ejerce “la intensidad necesaria”, para asaltar un establecimiento con un alto volumen de negocio”.

Tal vez el juez técnicamente haya hecho lo justo, pero, desde el sentido común, parece lo más normal la creciente extrañeza de la gente ante la decisión del TSJA, de excusar las amenazas del sindicalista, por entenderlas parte del derecho de huelga. Es un sinsentido proclamar que invadir negocios y amedrentar a sus gentes entra en el derecho, que todos los trabajadores tienen de ir al paro, organizando piquetes, y, más aún, aceptar que sus palabras y su actuación no constituyen delito y que este hombre no excedió, por tanto, “los límites constitucionalmente garantizados”. Sentenciar que no es más que un incidente que se justifica “por la presión ambiental típica de un piquete de huelga” es casi una insólita incitación al desmán, que sorprende. El TSJA ha archivado la denuncia por coacciones contra el alcalde de Marinaleda y calla las amenazas; da alas al radicalismo, al concluir que los actos de este activista de IU-CA forma “parte del derecho de huelga”. A todo ello, hay que añadir que el fiscal G. Sena mantuvo la imputación de cinco delitos de coacciones, recogidos en el art. 315 del C. Penal, que pueden suponer entre tres y cinco años de cárcel.



C. Mudarra


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