Revista Opinión

Citación: función pública ejercida por un particular

Publicado el 14 septiembre 2012 por Elblogderamon @ramoncerda

Citación: función pública ejercida por un particularCitación

Cuando es un empleado y no un funcionario quien las practica

La idea para este artículo me la dio un asiduo lector del Blog, y lo cierto es que sus comentarios sobre la citación judicial me hicieron pensar. El asunto viene dado por las notificaciones judiciales que podemos recibir vía Correos, y es que hay que plantearse un antes y un después de la privatización del servicio.

En el artículo 56 de la ley reguladora de la jurisdicción social se indica:

Artículo 56. Comunicaciones fuera de la oficina judicial: (citación judicial)

1. Las citaciones, notificaciones y emplazamientos que se practiquen fuera de la sede de la oficina judicial se harán, cualquiera que sea el destinatario, por correo certificado con acuse de recibo…
3. En el documento de acuse de recibo se hará constar la fecha de la entrega, y será firmado por el empleado de Correos y el receptor…

Según hace hincapié mi lector, la anterior Ley de Procedimiento Laboral de 1995 decía “funcionario de Correos”

Está claro que actualizada la Ley todo parece correcto, no hay vacío legal cuando se realiza la citación judicial, salvo quizás por las dudas que a uno le entran al pensar un poco más a fondo en la cuestión. Transcribo a continuación textualmente el comentario recibido sobre el asunto:

“Y ello me plantea una duda existencial… ¿qué valor real tiene en un pleito la afirmación de un simple particular?, equivalente a la de un testigo, supongo, y por ello susceptible de tacha y/u oposición. Entonces si el empleado miente… (sin entrar en los motivos) ¡ya no se le puede aplicar el régimen agravado de los delitos cometidos por funcionarios públicos!
Que las funciones públicas sean ejercidas por particulares es bastante peligroso, por una parte por cuanto desmantela el aparato de los servicios públicos (apáguese vd. mismo su incendio, al delincuente que le detenga una patrulla vecinal, automedíquese, enseñanza doméstica, etc.) y por otra porque la responsabilidad de su ejercicio se diluye.

Escrito por Ramón Cerdá en El Blog de Ramon. Si no estás leyendo esto en El Blog de Ramon, el artículo original lo encontrarás aquí …http://elblogderamon.com/citacion-por-un-particular/.

Entradas relacionadas:

  • La policía no debería ser la encargada de la entrega de notificaciones

    Debido a las numerosas sociedades vendidas, es habitual en mi caso recibir citaciones judiciales para acudir a los juzgados como testigo (y también como imputado ...

  • Deberían de unificar la manera de notificar las citaciones judiciales

    Los que me conocen o siguen este blog, sabrán que es muy habitual que me citen desde los juzgados, como imputado o como testigo según ...

La entrada Citación: función pública ejercida por un particular es original de El Blog de Ramon. Escrito por Ramón Cerdá


Volver a la Portada de Logo Paperblog