Las CLAUSULAS SUELO del BBVA no eran transparentes
CLAUSULAS SUELO
Algunos datos más sobre la sentencia
Cuando en un post anterior hablé de la sentencia contra las CLAUSULAS SUELO, todavía no habían trascendido algunos detalles de la sentencia que se suponía que las anulaba… pero no lo hacía retroactivamente. Como ya dije yo en su momento, no tenía ningún sentido que una cláusula declarada nula, no lo fuese retroactivamente puesto que, si es nula, es nula desde el principio y no desde una fecha en concreto.
Pero lo que ocurre es que no se trata exactamente de declarar la nulidad de las CLAUSULAS SUELO que, según la sentencia son plenamente legales. Eso sí, deben estar sujetas a unas normas de transparencia suficientes como para que no lleven a engaño al consumidor. Llegados a este punto, puede que no estemos hablando de una nulidad en sí misma, pero si en un caso en concreto no ha habido transparencia en su aplicación, ¿por qué no se puede aplicar retroactivamente el criterio de la falta de transparencia para que el cliente afectado pueda reclamar esas diferencias al banco? Una vez más parece que se legisla, o se aplica la ley, beneficiando a los bancos y no a los ciudadanos.
Según dice la sentencia del 19 de marzo de 2013 de la Sala Primera del Tribunal Supremo, las CLAUSULAS SUELO serán válidas siempre que cumplan un doble control de transparencia durante la negociación.
La Sala asegura que el contenido de las CLAUSULAS SUELO es perfectamente legal como de hecho indica la Directiva 93/13: “la apreciación del carácter abusivo no debe referirse a cláusulas que describan el objeto principal del contrato”.
Las CLAUSULAS SUELO, definen el precio que debe pagar el cliente y “como regla general, no cabe el control de su equilibrio” ni puede examinarse su abusividad, no siendo preciso que exista equilibrio económico entre el tipo inicial fijado y los topes señalados en las CLAUSULAS SUELO. Según palabras textuales: “corresponde a la iniciativa empresarial fijar el interés al que presta el dinero y diseñar la oferta comercial dentro de los límites fijados por el legislador”. No cabe duda de que este punto resulta curioso; decir que no puede examinarse su abusividad es tanto como decir que pueden ser abusivas sin ningún problema ni incurrir en ilegalidad alguna, se pacten como se pacten.
Lo único bueno que dice la sentencia para el cliente es que lo dicho anteriormente no impide que estas CLAUSULAS SUELO deban someterse a un doble control de transparencia.
Todo eso está muy bien, pero la propia sentencia, hablando del caso del BBVA dice: ”se ubican entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor”, o sea que se admite que no ha habido transparencia en la actuación del BBVA… ¿por qué no se declaran por lo tanto nulas esas cláusulas y se permite a los clientes recuperar el dinero pagado de más?
Ramón Cerdá
Escrito por Ramón Cerdá en El Blog de Ramon. Si no estás leyendo esto en El Blog de Ramon, el artículo original lo encontrarás aquí …http://elblogderamon.com/clausulas-suelo-bbva/.
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La entrada CLAUSULAS SUELO, ¿qué pasa al final con ellas? es original de El Blog de Ramon. Escrito por Ramón Cerdá