Revista Empresa

Claves tras la reforma para calcular tu pensión

Por Cruzygalan
Claves tras la reforma para calcular tu pensiónTras la reforma aprobada en el Congreso hace unos días, el acceso a la pensión se ha endurecido notablemente.Por ley la Seguridad Social proporciona una pensión de jubilación contributiva (que tiene una relación directa con las aportaciones, al contrario que la asistencial, que tiene garantía financiera del Estado) a quien acredite al menos 15 años de cotización y haya cumplido los 65 de edad. Con catorce años y 11 meses sólo se puede recibir la pensión no contributiva, pero pueden alcanzarse los 15 años prolongando la cotización más allá de la edad de jubilación legal.A partir de enero de 2013, bastarán 15 años de cotización para acceder a la pensión, pero habrá que tener cumplidos 65 de edad y más de forma progresiva. En enero de 2013 se precisarán 65 años y un mes de edad, exigencia que crecerá en un mes por cada año hasta que quien se jubile en 2018 precise 65 años y medio. A partir de esa fecha, la edad de jubilación se prolongará en dos meses por cada año, por loque en 2027 serán precisos ya los 67 años cumplidos para acceder al retiro.El periodo de cotización que determina la pensión, que ahora es de 15 años, también cambia con la reforma aprobada en el Congreso y avanzará un año cada ejercicio desde 2013 de forma ininterrumpida hasta que en 2022 sean precisas las cotizaciones de los 25 años últimos para determinar la cuantía, variable que se mantendrá estable desde entonces.¿Cómo se calcula la pensión?La escala de aseguramiento parte de 15 años cotizados (el mínimo exigible), con los que se obtiene el 50% de la base reguladora. El porcentaje de base reguladora a percibir crece en función de los años cotizados, hasta alcanzar el 100% con 35 años de cotización. En tal circunstancia, base reguladora y pensión son idénticas.Esta gradualidad en la escala de aseguramiento se ha cambiado con la reforma, de tal forma que se logra igualmente el 50% de la base reguladora con 15 años cotizados, pero se modifica para el resto. Esto es: a partir del año decimosexto, por cada mes adicional de cotización, comprendidos entre los meses 1 y 248, se añadirá el 0,19%, y por los que rebasen el mes 248, se añadirá el 0,18%, sin que en ningún caso el porcentaje aplicable supere el 100%.
¿Cómo se calculaba la base reguladora?
Dividiendo por 210 la suma de las bases de cotización del trabajador durante los 180 últimos meses de cotización (sus últimos quince años de vida laboral). Se tomarán los 24 últimos meses por su valor nominal en euros, y los 156 meses restantes por los valores corrientes actualizados con la inflación generada hasta los 24 últimos meses. La inflación a considerar será la registrada oficialmente por Estadística.
Con esta fórmula, la base reguladora sería un 85,7% de la base de cotización; y la pensión (primera pensión) sería el porcentaje de la base reguladora que determine la escala de aseguramiento en función de los años trabajados.
A partir de enero de 2013,aunque se mantiene la estructura de la fórmula de cálculo, esta varía en función de los nuevos requisitos de aportaciones para tener derecho a la pensión. Así, en 2013 en el numerador de la fórmula se computarán las bases de cotización los 192 últimos meses, que crecerán en doce por cada año que pase, hasta alcanzar la suma de los últimos 300 meses ya en 2022.En el denominador en 2013 en vez de 210 será 224. Es decir:se dividirá por 224 la suma de las bases de los últimos 192 meses (16 años);en 2014, se dividirá por 238 las bases aportadas en los últimos 204 meses (17 años);en 2015, se dividirá por 252 las bases aportadas en los 126 meses últimos (18años);en 2016, se dividirá por 266 las bases sumadas de los 228 meses últimos (19 años);en 2017, se dividirá por 280 las bases aportadas en los 240 últimos meses (20 años);en 2018, se dividirá por 294 las bases aportadas en los 252 meses últimos (21 años);en 2019, se dividirá por 308 las bases aportadas en los últimos 264 meses (22 años);en 2020, se dividirá por 322 las bases sumadas en los últimos 276 meses (23 años);en 2021, se dividirá por 336 las bases acumuladas en los últimos 288 meses (24 años);y en 2022 y siguientes, se dividirá por 350 las bases de los últimos 300 meses (25 años). En todos los casos, tal como ahora, se computarán los dos últimos años por el valor nominal de las cotizaciones, y se actualizarán con la inflación devengada en cada año todas las anteriores (las de los 23 anteriores en el caso extremo a partir de 2022).Hasta ahora podía lograrse el 100% de la base reguladora con 35 años cotizados, y así será hasta 2013.Pero la reforma ha introducido otra particularidad, que modifica los años de cotización para retirarse a los 65 años. Así, de los 35 actuales de cotización para poder retirarse a los 65 años, se pasa a los 38 años y medio cotizados para poder retirarse a los 65 de edad y con el 100% de la base; esta escala salta de seis meses en seis meses y lo hace cada dos años.Fuente:cincodias.com

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