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CÓDIGO DEONTOLÓGICO. Casos que no lo cumplen.

Publicado el 15 enero 2014 por Apenu @compasyplomada

Como Aparejadores y Arquitectos Técnicos colegiados que somos tenemos una serie de derechos y por consiguiente una serie de deberes u obligaciones. Todos nuestros derechos y deberes los hemos aceptado a la hora de colegiarnos y los podemos encontrar en el Código Deontológico del CGATE . Y ojo, no es tan antiguo, se trata de unas normas del 2008, que se podría considerar que fue anteayer aunque para entonces estaba cursando primero de carrera.
CÓDIGO DEONTOLÓGICO. Casos que no lo cumplen.Pero hoy solamente me voy a centrar en el Artículo 10. El que tal vez la gente se  pasa más por encima y en especial mi favorito, el Artículo 10.9. Es el siguiente:
Artículo 10.9 El colegiados no podrá fijar la cuantía de sus honorarios profesionales  incurriendo en competencia desleal con los demás colegiados. En consecuencia:
a) Al publicitar sus servicios se abstendrá de utilizar unos "precios  de reclamo", que induzcan al consumidor a creer que el nivel de  sus honorarios es más bajo que el de los demás colegiados.
b) Se abstendrá de fijar sus honorarios profesionales por debajo del  coste durante un tiempo, pretendiendo hacer creer al cliente que  los honorarios normales de otros colegiados son excesivos y producen beneficios injustificados; o pretendiendo desacreditar  la imagen de otros compañeros; o buscando una estrategia  encaminada a eliminar a un competidor o grupo de competidores  del mercado.
c) No podrá prevalerse en el mercado de una ventaja competitiva  adquirida mediante la infracción de las leyes.

Diseccionando este artículo, observamos que no podemos poner precios reclamo como si que están haciendo nuestros compañeros Arquitectos Técnicos. Todas las imágenes que aparecen aquí se ha contrastado que son de empresas o profesionales  Arquitectos Técnicos de la provincia de ValenciaComo veréis esta vez he ocultado sus nombres y demás para no incumplir el artículo 10.1 de nuestro código deontológico.Este señor se publicitaba con estos flyers en el Salón Internacional de la Franquicia de Valencia el pasado mes de octubre.CÓDIGO DEONTOLÓGICO. Casos que no lo cumplen.Se ve que la intención del flyer es indicar que es barato, ya que además de ser muy cutre (yo creo que más cutre es imposible, me avergüenza que un arquitecto técnico pueda ser tan cutre) solo indica el precio como único reclamo. No se ve por ningún lado la palabra "profesionalidad" o "calidad". 
Este otro panfleto me lo encontré en el buzón de mi casa de Mislata en noviembre:
CÓDIGO DEONTOLÓGICO. Casos que no lo cumplen.Posteriormente, en diciembre me encontré una pegatina idéntica a este panfleto pegado en la puerta de mi portal y en varios de mi calle. Se observa que ofrece el mejor precio y bien diferenciado muestra los 75 € + iva. Yo creo que esto se puede considerar precio reclamo. Estos al menos ya utilizan las palabras "riguroso" pero si la acompañas de la palabra "económico" pues se contradice desde mi punto de vista.Y como no va a estar aquí mis amigos los "grupones", como no!! Este es el enlace a la oferta que hay en Valencia que en la actualidad la empresa que está ofreciendo este "grupon"  no da mucha información sobre sus titulaciones. Pero tengo constancia de que la empresa que los ofrecía en verano, creo que la primera a la que se le ocurrió esta forma de tirar el dinero, si estaba formada por Arquitectos Técnicos.
CÓDIGO DEONTOLÓGICO. Casos que no lo cumplen.Es evidente que incumple claramente el apartado b), creo que nadie lo cuestionará. Si reducir tus honorarios un 76% no lo incumple pues ¡Viva el libertinaje! Lo mas triste de esto es que todo el mundo conoce que de esos 69 euros que cuesta la empresa solo ve unos 28,51 entre comisiones e impuestos.
Pero esto no es lo peor, no hay que olvidar las webs de anuncios, ¿Que pasa si buscáis "Aparejador" en milanuncios.es? El resultado está en este enlace. Aparece de nuevo nuestro compañero del flyer cutre ofreciéndose aún más barato. Echando un ojo encontramos proyectos de actividad desde 170, 220 y 250€, licencias de apertura en 48 horas (a los precios de antes), certificados energéticos por 60 y 65 euretes... Si es increíble además de ser muy, pero que muy cutre. Tal ha sido mi  enfado que he decidido publicar mi propio anuncio pero a mi manera:
CÓDIGO DEONTOLÓGICO. Casos que no lo cumplen.
¿Todos estos compañeros incumplen el artículo 10.9 del código deontológico de los Arquitectos Técnicos?¿Se trata de competencia desleal?¿De verdad estos compañeros ganan algo? ¿Se dan cuenta de la responsabilidad que conlleva además del daño que hacen a la profesión?¿Nuestros dirigentes debería de tomar cartas en el asunto o deberían de seguir luchando por saber si nos llamamos Jose, Pepe, Cheché, Josep o Pep?
Demasiadas preguntas y pocas respuestas, habrá que llamar a Iker Jimenez para que nos lo aclare.
Desde COMPÁS Y PLOMADA queremos ser fieles a nuestro estilo, la defensa de la CALIDAD, HONRADEZ Y TRABAJO BIEN HECHO. Trabajamos para satisfacer a nuestros clientes en el menor tiempo posible. No somos los más baratos ni queremos serlo, puesto que en la mayoría de casos el servicio más económico es el menos completo y a la larga en la mayoría de casos sale caro para el cliente. Por eso me gustaría hacer un llamamiento a la honradez y profesionalidad de mis compañeros para que en un futuro no muy lejano no tengamos que mendigar.No te olvides de seguirnos en Twitter  darle al me gusta en Facebook  y visitar nuestra webAtt. Agustín Pérez NúñezSeguir a @compasyplomada

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