El Código Internacional de Ética Médica aplasta el derecho del médico a oponerse. Sólo cuenta la autodeterminación del paciente para el aborto, la transexualidad, la inseminación artificial o la eutanasia.
En este Código, cuyas disposiciones se dirigen virtualmente a los médicos de todo el mundo, se arrincona la objeción de conciencia para favorecer siempre y en todo caso la voluntad del paciente: «El médico debe ejercer la medicina de manera justa y equitativa y proporcionar un tratamiento basado en las necesidades de salud del paciente sin perjuicio o discriminación injusta por motivos de edad, enfermedad o discapacidad, credo, origen étnico, género, nacionalidad, afiliación política, raza, cultura, género, orientación, posición social o cualquier otro factor”. «La objeción de conciencia del médico a la realización de cualquier intervención médica lícita puede ser ejercido sólo si el paciente individual no sufre daño o discriminación y si la salud del paciente no está en peligro».