Revista Salud y Bienestar

¿Cómo calcula la Seguridad Social, la cuantía que voy a cobrar del ingreso mínimo vital en 2021?

Por Pedirayudas @Pedirayudas

Está pregunta que nos habéis formulado tiene una respuesta muy sencilla, que procedemos a explicaros y posteriormente añadiremos un ejemplo visual.

¿Cómo calcula la Seguridad Social, la cuantía que voy a percibir del IMV?

La cuantía máxima del ingreso mínimo vital (IMV), se calcula en base a nuestra unidad de convivencia o de si somos beneficiarios individuales. Desde el 1 de enero las cuantiás máximas se han incrementado un 1,8%.

Del total que alcancemos nos descuentan todos los ingresos que hemos percibido en 2020, a excepción de las Rentas Mínimas de Inserción que no computan. El IMV tributara a partir de los 9.681 euros anuales.

La cuantía que obtengamos de esa resta, será lo que percibiremos mensualmente.

Tabla de cuantiás del IMV de 2021

¿Cómo calcula la Seguridad Social, la cuantía que voy a cobrar del ingreso mínimo vital en 2021?

Si formamos una unidad de convivencia de 5 o más personas, nos correspondería el máximo de 1033,85 euros. Esta cuantía hace un total anual de 12.406,2 euros.

Si en 2020 nuestras rentas totales, sumando todos los ingresos de la unidad de convivencia, tanto de ayudas, como de trabajo -excluyendo las ayudas que no computan- fueron, por ejemplo, 10.000 euros.

El cálculo sería el siguiente:

¿Cómo calcula la Seguridad Social, la cuantía que voy a cobrar del ingreso mínimo vital en 2021?
Por lo que nuestro ingreso sería de 200 euros con 50 céntimos, al mes.

Esperamos haber aclarado vuestras dudas, con esta cuestión de las cuantías.

¿Cuándo va a regular la Seguridad Social la cuantía que percibo del ingreso mínimo vital?

La cuantía de la prestación se actualizará con efectos del día 1 de enero de cada año, tomando como referencia los ingresos anuales computables del ejercicio anterior.

Por lo que la cantidad que percibiremos de esta ayuda, se modificara una vez la Agencia Tributaria ceda nuestros datos a la Seguridad Social, con efectos desde el 1 de enero, en caso de que se realizara posteriormente.


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