Dar de alta a una persona en el Sistema Especial de Empleo de Hogar es ahora más fácil que nunca gracias a Import@ss, el nuevo portal de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que permite completar el trámite en tan sólo 9 pasos y sin aportar documentación, aunque tendremos que tener preparados una serie de datos. Podrás hacerlo en cualquier momento, desde cualquier ordenador o dispositivo móvil con conexión a internet.
En este vídeo la Seguridad Social te muestra cómo hacerlo, en menos de 3 minutos.
Cómo acceder
Puedes acceder a Import@ss directamente desde este enlace o desde los accesos habilitados en la web, la sede electrónica del INSS y la aplicación para dispositivos móviles de la Seguridad Social. Para realizar el alta deberás identificarte a través de los siguientes métodos:
Puedes encontrar más información sobre estos métodos de identificación en esta guía práctica.
Ventajas de Import@ss
Hasta ahora, las relaciones de empleo de hogar representaban un alto porcentaje de tramitación presencial y dificultades en su tramitación digital ya que podían requerir de hasta tres trámites adicionales al propio alta si el trabajador y/o el empleador no disponen de Número de la Seguridad Social (NUSS) y el empleador no tiene Código de Cuenta de Cotización (CCC).
En Import@ss, el trámite se adapta a las circunstancias del usuario, creando el NUSS y el CCC si fueran necesarios. El proceso está diseñado para que el usuario, desde el área pública o personal, pueda completar un alta en un único flujo con un máximo de 9 pasos, divididos por el tipo de información solicitada al usuario.
Pasos para el alta
Una vez que hayas accedido al servicio de alta en empleo de hogar en Import@ss y te hayas identificado o hayas accedido desde tu área personal deberás indicar, en primer lugar, si tramitas el alta como empleador o como trabajador. El sistema te dará la opción de tramitar un alta nueva o continuar con una que hayas iniciado anteriormente.
A continuación, simplemente deberás rellenar los 9 pasos en los que destaca la claridad de la información, la facilidad de uso, el control sobre cada uno de los pasos y la seguridad del proceso:
- Datos del trabajador: Tipo y número de documento identificativo (DNI o NIE) y fecha de nacimiento
- Datos de empleador: Indica si el trabajador estará al cuidado de una familia numerosa. Si cumples las condiciones puedes tener derecho a una bonificación
- Duración del contrato: Indica la fecha de inicio de la actividad y el tipo de contrato (indefinido o de duración determinada)
- Jornada y salario: Deberás marcar si el contrato es a jornada completa o por horas, el número de horas de trabajo a la semana/mes, cómo se ha pactado el pago del salario (mensual o semanal), el salario que percibirá, si recibirá salario durante las vacaciones, si las pagas extras están incluidas, hará horas de guardia o se ha pactado salario en especie (el sistema te informará de la cuota a pagar en base a esos datos)
- Domicilio de la actividad: Rellena los datos o selecciona el domicilio de la actividad si coincide con alguno de los registrados en la base de datos de la TGSS
- Entidad aseguradora: Selecciona la entidad aseguradora, eligiendo entre el INSS o una Mutua colaboradora
- Datos de contacto: Introduce los datos de contacto como empleador de hogar.
- Domiciliación bancaria: debes introducir la cuenta donde se cargará la cuota mensual correspondiente
- Revisa tus datos: Import@ss te ofrecerá un resumen de todos los campos que podrás modificar en caso de que detectes algún error
A tener en cuenta
En el proceso pueden omitirse pasos si la TGSS dispone ya de la información correspondiente.
Si los datos son correctos, deberás dar tu conformidad tras leer y aceptar la declaración responsable marcando la casilla correspondiente. Una vez hecho, podrás proceder a firmar la solicitud y solicitar el alta, el sistema te mostrará un comprobante y te ofrecerá la posibilidad de descargarte la documentación justificativa en formato PDF.
Te Ayudamos
En caso de que no dispongas de ninguno de los métodos de identificación anteriores podrás utilizar el servicio Te Ayudamos, donde podrás solicitar el alta utilizando este formulario sin necesidad de identificación previa.
Para tramitar el alta deberás cumplimentar y adjuntar:
- Datos del empleador: datos personales, dirección, Código de Cuenta de Cotización (CCC), datos bancarios para el cobro de las cuotas, copia del documento de identidad.
- Los datos del empleado/a de hogar: datos personales, copia del documento de identidad y Número de la Seguridad Social (NUSS)
- Datos de la relación laboral (número de horas trabajadas, salario, fecha de inicio de la relación laboral, si existen retribuciones en especie, pernocta, etc,)
- El contrato de trabajo (descarga aquí algunos modelos)
- Los impresos de alta en la Seguridad Social (accede aquí al formulario)
- Si es la primera vez que contratas a un empleado/a de hogar deberás presentar también el Modelo TA.6-0138 HOGAR de Solicitud de Código de Cuenta de Cotización (disponible aquí).
- Además, en el caso de que el trabajador/a no disponga de número de afiliación a la Seguridad Social, habría que gestionarlo mediante el modelo TA 1.
Para guiarte durante el proceso, puedes utilizar el asistente virtual habilitado en la página web y en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Te mostrará los pasos a seguir, los requisitos necesarios y los enlaces a la sede electrónica para la presentación de solicitudes.
En cualquiera de los casos anteriores, el alta se debe tramitar antes del inicio de la actividad laboral. Con una antelación máxima de 60 días y es responsabilidad del empleador, al igual que el ingreso de la cotización.
No obstante, también podrán tramitar el alta los empleados/as del hogar que trabajen menos de 60 horas al mes por empleador, y siempre que previamente lo hayan acordado. En este caso, el empleado/a asume también la responsabilidad del ingreso de las cuotas.
Variación de datos y bajas vía electrónica
Además del alta, Import@ss permite realizar variaciones de datos como pueden ser el tipo de contrato, las retribuciones, las horas de trabajo o tramitar la baja dentro de los 3 días siguientes a la finalización de la relación laboral.