Revista Economía

Como declarar de forma conjunta en el PADRE

Por María Jose @FinanzasMentor

Este año hemos estrenado programa para hacer la declaración, y es que la Agencia Tributaria ha puesto en marcha el programa Renta Web que viene a sustituir al programa PADRE. Este primer año ha estado disponible para todos los contribuyentes salvo para aquellos que tengan que declarar actividades económicas, que han tenido que seguir descargando el programa PADRE.

Este programa Renta Web es heredero del PADRE y el funcionamiento es muy similar, por lo que si estabas acostumbrado a moverte por el programa PADRE no tendrás ningún problema para adaptarte a este, con la ventaja de que ya no es necesaria la instalación y que la gestión de los datos, y declaraciones es en la nube.

Con cualquiera de los dos sistemas, puedes realizar tanto la declaración individual como conjunta, y de lo que vamos a hablar hoy es de cómo introducir los datos para que el sistema calcule ambas.

En los cursos de Aula Mentor tanto de IRPF como del programa PADRE, estudiamos que la declaración conjunta consiste en la realización de una única declaración para todos los miembros integrantes de la unidad familiar.

Para poder realizar declaración conjunta, los contribuyentes deben tener lazos familiares, y existen dos tipos de declaraciones conjuntas:

  • Modalidad 1: los cónyuges casados más los hijos menores o mayores de edad incapacitados, si los hay.
  • Modalidad 2: el padre o la madre, con los hijos menores o mayores de edad incapacitados, que convivan con él o ella.

Si os fijáis he subrayado la palabra casados, ya que la ley no permite tributar de forma conjunta a personas con otros vínculos, ni parejas de hecho, ni otro tipo de uniones. En caso de que una pareja conviva y tenga hijos en común, para declarar de forma conjunta, los hijos lo podrán hacer con uno u otro progenitor, no como una unidad familiar de los padres y los hijos.

Por tanto, es importante cuando se introducen los datos personales en el sistema, indicar que el contribuyente declarante está casado, para generar una declaración conjunta de modalidad 1. De esta forma, el sistema pedirá los datos económicos del cónyuge para así realizar el cálculo. En el caso de que sea modalidad 2, el declarante podrá estar viudo, separado, soltero o conviviendo en pareja, y la declaración la realizará con sus hijos.

conjunta

Cualquiera de los dos cónyuges puede actuar de declarante, para el resultado es indiferente, y el sistema, en todo momento permite elegir si se va a declarar de forma individual o de forma conjunta. Al crear el contribuyente cónyuge, hay que tenerlo muy presente para introducir los rendimientos en el contribuyente correspondiente. Por ejemplo, si se decide que la mujer es la declarante, todos sus rendimientos económicos (trabajo, intereses, deducciones,….) deben ir en su declaración, y todos los rendimientos del marido, deben ir en la modalidad cónyuge.

Al finalizar la declaración, el sistema, en la opción de Resumen, presenta el resultado para la declaración individual de cada uno de los cónyuges y el resultado de la declaración presentando la declaración conjunta. La Agencia tributaria permite al contribuyente elegir cada año la opción por la que desea declarar, que por supuesto siempre suele ser aquella en la que optimizan su pago.

De igual forma que se introducen los datos del cónyuge, en caso de que los hijos tengan rentas que declarar, deben ser introducidos en su apartado de la declaración.

En general, os comento, que la declaración conjunta suele salir más favorable a aquellos contribuyentes en los que sólo uno de los cónyuges percibe rentas del trabajo, o cuando uno de ellos tiene rentas del trabajo poco elevadas. Si no es así, suele salir mejor declarar de forma individual, pero como no cuesta nada contrastar este dato, os recomiendo que siempre introduzcáis los datos de ambos, para que el sistema os presente en el resumen los tres resultados: las dos individuales y la conjunta.


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